¿Qué son las compatibilidades e incompatibilidades del notario?
– Las funciones del notario son incompatibles con empleos, cargos públicos o de particulares, con desempeño del mandato judicial y con el ejercicio de la profesión de abogado; con la de comerciante, agente de cambio o ministro de cualquier culto religioso.
¿Qué son las prohibiciones del notario?
Está prohibido al notario: a) Autorizar instrumentos públicos en los que se concedan derechos o impongan obligaciones a él, su cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes consanguíneos o afines dentro del cuarto y segundo grado, respectivamente. f) Tener más de una oficina notarial.
¿Por qué los notarios no son servidores públicos?
Aunque los notarios no son servidores públicos, pues no tienen un vínculo laboral con el Estado, son sujetos del régimen disciplinario que se les aplica a estos, porque se trata de particulares que, mediante la descentralización por colaboración, prestan un servicio público.
¿Qué es el derecho notarial?
El derecho notarial es la rama del derecho empresarial, corporativo y pùblico que estudia y regula la actuación notarial al igual que los instrumentos notariales, los cuales por cierto son protocolares y extraprotocolares, al igual que los procesos notariales.
¿Cuál es el protocolo de un notario?
El protocolo es el instrumento que el Estado entrega al notario para ejercer su función; tiene por finalidad constituir un sistema de matricidad con plenas garantías de legalidad y seguridad jurídica para conservar los actos y hechos jurídicos que pasen ante su fe.
¿Cuál es el trabajo de un notario?
El notario interviene en diversos actos como son testamentos, poderes, constitución de sociedades y asociaciones, así como de aquéllos cuyo objeto sean inmuebles, como por ejemplo, compraventas, donaciones, hipotecas, fideicomisos y adjudicaciones por herencia.
¿Cuál es el deber de un notario?
Deber primordial del Notario es el de conocer la ley, pues el conocimiento de la ley es la única herramienta con la que cuenta para garantizar la segu- ridad jurídica en el ejercicio de la función autenticadora que le corresponde y, solo así, el Notario puede recibir, interpretar y dar forma legal a la vo- luntad de …
¿Cuáles son los derechos y prohibiciones que tienen los notarios?
Los Derechos del Notario a) Gozar de vacaciones, licencias por enfermedad, asistencia a certámenes nacionales o internacionales y razones debidamente justificadas. b) En caso de vacaciones o licencia, el Colegio de Notarios, a solicitud del interesado, designará otro notario para que se encargue del oficio del titular.
¿Qué tipo de funcionario es el notario?
-El notario es un servicio del Estado, que se presta por funcionarios públicos, en la forma, para los fines y con los efectos consagrados en las leyes. El Notario forma parte de la Rama Ejecutiva y como función pública implica el ejercicio de la fe notarial.
¿Quién investiga a los notarios?
La facultad disciplinaria conforme al artículo 59 ídem se aplicará por la Superintendencia de Notariado y Registro, como órgano de control especial, esto, sin perjuicio del poder preferente que puede ser ejercido por la Procuraduría General de la Nación.
¿Qué es el derecho notarial y para qué sirve?
El objeto del Derecho Notarial es la creación del Instrumento Público. Dotar de procedimientos formales. Evitar la informalidad. El notario es el profesional del derecho que está autorizado para dar fe de los actos y contratos que ante él se celebran.
¿Qué es el derecho notarial y su importancia?
La forma notarial es una garantía del acto, convención y contrato que lo contiene y le otorga validez sustancial. En consecuencia, los actos del Notario imponen obligaciones y otorgan derechos. El Notario es un experto cuya fidelidad no puede ser discutida.
¿Qué es la incompatibilidad en el desempeño del notario?
“La incompatibilidad, es la imposibilidad de realizar dos acciones en un mismo tiempo”. El notario en el desempeño de su función debe ser imparcial esto es, “falta de designio anticipado o de prevención a favor o en contra de personas o cosas”, de que resulta poderse juzgar o proceder con rectitud.
¿Cuál es el concepto de incompatibilidad?
Precisado el concepto de incompatibilidad, aunque objetable, hay que aflorar su causa, (no me refiero a la ratio iuris), que se sitúa en la Ley del Notariado y su Reglamento. En efecto, el Art. 22 de la Ley impide el ejercicio de la función notarial en los siguientes casos y términos que traslado por reproducción del precepto:
¿Qué nos encontramos ante la incompatibilidad en el instrumento?
Nos encontramos ante una situación de incompatibilidad reconocida en el instrumento mismo y, por ello, conocida por todos los que en él intervienen, cualquiera que sea el motivo, o concepto, de su presencia o comparecencia.