¿Qué pasa con las vacaciones si estás de baja?
El trabajador no pierde el derecho a esos días de vacaciones que no ha podido disfrutar por haber estado de baja laboral. Y tendrá derecho a recuperar esos días, siempre y cuando haya sido dado de baja médica, no es válido simplemente con que le trabajador se encuentre enfermo.
¿Cuándo se disfrutan las vacaciones después de una baja?
En todo caso, si la baja es por una causa diferente a las anteriores (por ejemplo, un accidente o enfermedad), podremos disfrutar de las vacaciones una vez nos den el alta de la incapacidad. Y siempre que no pasen más de 18 meses a partir del año en que comenzó.
¿Cómo se puede acumular las vacaciones del trabajador?
Acumulación de las vacaciones del trabajador. La ley permite que los trabajadores puedan acumular las vacaciones anuales a que tienen derecho, ya sea por decisión suya o por solicitud del empleador, conforme lo señala el artículo 190 del código sustantivo del trabajo.
¿Qué es la acumulación de vacaciones?
La ley permite que la acumulación de vacaciones se haga parcialmente, puesto que exige disfrutar por lo menos 6 días hábiles continuos en cada año, de lo que podemos deducir que sólo se pueden acumular los restantes 9 días.
¿Cuál es el mínimo de vacaciones para tu empresa?
Es decir, 2,5 días por mes. Por lo que de entrada, este es el mínimo de vacaciones que tendrás a no ser que tu convenio colectivo diga lo contrario. Con tu empresa podrás negociar más días de vacaciones, no menos. Si llegáis a un acuerdo puedes tener más días disponibles y utilizarlos con mayor o menor libertad.
¿Cuáles son los días de vacaciones que pierdas en tu empresa?
En función del acuerdo al que hayas llegado con tu empresa, puede que pierdas los días de vacaciones que no hayas gastado antes del 31 de diciembre. Si no llevas un año entero trabajando en la empresa te corresponden 2,5 días por mes y la parte proporcional en función del mes en el que te incorpores.