Que opciones tiene el trabajador frente a un traslado?

¿Qué opciones tiene el trabajador frente a un traslado?

5.- ¿Qué opciones tiene el trabajador frente a un traslado? El empleado que se enfrenta a un traslado tiene tres opciones: Aceptar la medida propuesta por el empresario. Acatar el traslado impugnándolo a su vez ante un juzgado de lo social. Rechazar el traslado optando por una extinción indemnizada de su contrato de trabajo.

¿Cuál es el procedimiento de traslado de un empleado?

El procedimiento varía si estamos ante un traslado individual o un traslado colectivo. En el caso de que se trate del traslado individual de un empleado hay que considerar lo siguiente: La empresa debe notificarlo al empleado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 30 días a la fecha del traslado.

¿Cómo solicitar un traslado?

Solicitar un traslado requiere movilizar muchos recursos y papeleo, lo ideal es demostrar a la persona a cargo de ello las razones para solicitarlo; qué mejor manera que por escrito y de manera formal y profesional.

¿Qué es un traslado laboral?

Se entiende que se produce un traslado laboral cuando se destina a un empleado otro centro de trabajo distinto que le exija un cambio de residencia. El desplazamiento del empleado puede ser definitivo o bien cuando supere los doce meses en un período de tres años.

¿Quién puede solicitar un traslado para otro centro de trabajo?

Los empleados pueden solicitar un traslado para trabajar en otro centro de trabajo por motivos personales, pero no siempre la empresa está obligada a acceder a sus peticiones. Es decir, que la empresa puede decidir lo que más le interese en todos aquellos casos que no estén contemplados en la normativa laboral.

¿Cuáles son los derechos de los trabajadores por el traslado?

Derechos de los trabajadores, resarcimiento de los gastos por el traslado. El trabajador que acepte la medida tiene derecho a percibir una compensación por gastos, tanto propios como de los familiares a su cargo, en los términos que se acuerde individualmente o que vengan establecidos en el convenio colectivo para el cambio de residencia.

¿Qué debe hacer el empresario para llevar a cabo el traslado?

Cuando el empresario quiera llevar a cabo el traslado tendrá que notificártelo con una antelación de 30 días respecto de la fecha en la que tendrá que ser efectivo del desplazamiento. También está obligado a hacer dicha notificación a los representantes legales de los trabajadores en el mismo plazo.