¿Por qué la grabación puede ser inaudible?
La grabación no puede ser un mero indicio, debe acreditar sin género de duda aquello que pretende probar. La grabación tiene que ser clara y comprensible ya que en caso de ser inaudible generará dudas en la parte contraria y en el tribunal, que la inadmitirán para no perjudicar a la parte contra la que se esgrime.
¿Qué es la grabación de una conversación como prueba en un juicio?
La grabación de una conversación como prueba en un juicio es ilícita en términos generales cuando ha sido ilegal su obtención o del medio probatorio; y solo podrá ser calificada como tal, en un caso concreto, si se ha infringido un derecho fundamental, lo que lleva a los tribunales a analizar si la grabación realizada atenta contra ese derecho
¿Qué se plantea respecto a las grabaciones ocultas?
Una cuestión que se plantea respecto a las grabaciones ocultas, transcripciones de audio para juicios, requisitos de validez, nulidad de las grabaciones como prueba, grabaciones y prueba documental, etc. con mucha frecuencia es si se vulnera algún derecho fundamental o, incluso, si son delito.
¿Cuál es la validez de una grabación oculta?
Tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo han fijado los elementos que dan validez en juicio a una grabación oculta: No vulnera ningún derecho constitucional ya que no se obtiene por medio de un tercero ajeno a los intervinientes, es decir, quien graba participa en la conversación.
¿Qué requisitos debe tener una grabación de voz?
En cualquier caso y como todo medio de prueba, para que sea aceptado o admitida en un procedimiento debe mantener una serie de requisitos: Debe acreditar sin género de duda aquello que pretende probar. En las grabaciones de voz se solicita que la grabación sea NÍTIDA Y COMPRENSIBLE, ya que en caso de ser inaudible generará dudas en la parte
¿Es válida la grabación con otras personas?
De manera gráfica podemos establecer que no son válidas, ni pueden conformar prueba las grabaciones de conversaciones DE otras personas. Si son válidas y pueden conformar prueba las grabaciones CON otras personas. En el supuesto de grabaciones CON otras personas, no es requisito para que pueda conformar prueba, que ésta otorgue su consentimiento.