¿Cuántos años se guardan los expedientes judiciales?
| DOCUMENTACIÓN | PLAZO MÍNIMO DE GUARDA |
|---|---|
| DICTÁMENTES INTERNOS | Su archivo es permanente |
| EXPEDIENTES | 2 Años |
| LEGAJOS DE PERSONAL | 2 Años para el personal de planta permanente y transitoria. 2 Años para el personal de convenios celebrados conforme Art. 130, inc. 10) Ley Nº 70. 2 Años para personal contratado. |
¿Qué es la exhibición de documentos?
Art 266 C.G.P: » Quien pida la exhibición expresará los hechos que pretende demostrar y deberá afirmar que el documento o la cosa se encuentran en poder de la persona llamada a exhibirlos, su clase y la relación que tenga con aquellos hechos.
¿Cuánto tiempo hay que guardar los comprobantes fiscales?
Remitos de documentos 2 años desde la fecha del remito.
¿Cómo se puede entregar el aviso para asistir a una audiencia o juicio?
Además, en general se puede hacer la entrega legal del Aviso para asistir por correo al abogado de la otra parte (o a la otra parte si no tiene abogado), mientras que la entrega legal de un citatorio se tiene que hacer en persona. Lea más sobre situaciones en que el Aviso para asistir a una audiencia o un juicio puede ser útil.
¿Cómo se puede presentar el aviso antes de que se haga la entrega legal?
Por ejemplo, el aviso no tiene que ser emitido por la corte antes de que se haga la entrega legal. Así puede evitar tener que regresar a la corte para que el secretario lo presente o lo procese. (Simplemente puede presentarlo en la corte después de que se haga la entrega legal.
¿Cuándo se puede asistir y traer documentos?
Para un Aviso para asistir Y traer documentos: La entrega legal se tiene que hacer por correo por lo menos 25 días antes de la fecha de la audiencia. Si la entrega legal se hace en persona, se tiene que hacer por lo menos 20 días antes de la fecha de la audiencia.