¿Cuándo se debe presentar el D151?
Los informantes indicados deberán presentar sus declaraciones informativas a más tardar el 28 de febrero de cada año. Esta declaración informativa debe confeccionarse en la última versión del Declar@7, que podrá descargarse en este mismo sitio.
¿Cómo se hace el D151?
¿Cómo puedo realizar la declaración informativa D-151?
- Ingrese a la página www.hacienda.go.cr.
- Descargue la última versión de la herramienta electrónica “DECLAR@7”, disponible en el apartado “Servicios más utilizados”
- Para presentarla, se debe usar la herramienta “Declar@ Web”, que se encuentra en el mismo sitio.
¿Cuándo se presenta la declaracion informativa?
¿Cuándo se presenta? A más tardar el día 10 del mes siguiente al que corresponda la información.
¿Quién debe presentar la declaración d-151?
La Declaración D-151 es una declaración anual en donde el contribuyente informa a la Administración Tributaria los montos sobre las compras y ventas de bienes y servicios realizadas durante el mismo período fiscal a un mismo cliente o proveedor.
¿Quién debe presentar el D151?
El CEO de TPC Group comentó que esta declaración la deben presentar tanto contribuyentes físicos como jurídicos. En caso de no presentarse, podría generarse una multa del 2% de los ingresos brutos en el período del impuesto a las utilidades anterior al que se realizó la falta.
¿Cuándo es el cierre fiscal en Costa Rica 2020?
El último cierre contable fue preparado el 30 de setiembre de 2019 y durante el 2020 le corresponderá cerrar el 31 de diciembre. El primer reporte anual con el cambio de fecha del cierre será el 31 de diciembre de 2020.
¿Cómo se presenta la declaración anual de clientes y proveedores?
En línea: Inicia tu trámite en línea descargando el software «Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos» aquí y termínalo de forma presencial.
- Descarga y ejecuta el programa de cómputo de acuerdo a las indicaciones del asistente.
- Captura y encripta la información de tu declaración.