¿Cuándo podrán los funcionarios de carrera obtener la excedencia voluntaria por interés particular?
Los funcionarios de carrera podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando hayan prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores y en ella no podrán permanecer menos de dos años continuados.
¿Quién declara la excedencia voluntaria por interes particular?
1. La situación de excedencia voluntaria por interés particular se declarará a petición del funcionario o, de oficio, en los supuestos establecidos reglamentariamente.
¿Cuántas veces se puede prorrogar una excedencia voluntaria?
Las excedencias voluntarias no se pueden prorrogar, puesto que supondría reconocer al trabajador el derecho a una nueva excedencia que no podrá solicitar hasta pasados cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
¿Cuándo puedo volver de una excedencia?
No obstante, si un trabajador ya ha solicitado una excedencia voluntaria tendrá que esperar que transcurran al menos cuatro años desde el final de la anterior excedencia para poder volver a exigirla. Siempre podrá solicitarla a la empresa, y quizás está la conceda, pero no tiene obligación de ello.
¿Cuánto tiempo deben de permanecer como mínimo en excedencia voluntaria el personal estatutario que la solicite por interés particular?
Lo que establece el EBEP de manera general es que la excedencia voluntaria por interés particular no puede solicitarse por menos de un año. Y, como máximo, se podrá disfrutar de los mismos años que se lleva trabajando para la Administración, con un tope de 15 años.
¿Qué excedencias dan derecho a la reserva del puesto de trabajo?
La reserva del puesto de trabajo será durante el PRIMER AÑO y únicamente en los casos de excedencia por cuidado de un hijo. En las demás excedencias voluntarias, se tiene derecho de preferencia, pero nunca se tiene la reserva del puesto asegurado. Si hay vacantes, tienes derecho al reingreso a tu puesto de trabajo.
¿Cuándo pides una excedencia pierdes la antigüedad?
El tiempo que se está de excedencia voluntaria, no cuentan para el cómputo de la antigüedad en la empresa, tanto a efectos de pluses como de la indemnización en caso de despido. No se pierde la antigüedad anterior a la excedencia, y seguirá corriendo a partir del reingreso en la empresa.
¿Cuánto dura la excedencia por violencia de género?
Efectos de la concesión Cuando las actuaciones judiciales lo exigieran se podrá prorrogar este periodo por tres meses, con un máximo de dieciocho, con idénticos efectos a los señalados anteriormente, a fin de garantizar la efectividad del derecho de protección de la víctima.
¿Cuándo se puede coger una excedencia en el trabajo?
Puede pedir la excedencia todo trabajador que lleve en la empresa al menos 1 año, y no haya pedido otra excedencia en los 4 años anteriores. La excedencia es voluntaria para el trabajador que la pide, pero obligatoria de conceder para la empresa si el trabajador reúne los requisitos.