¿Cuando el trabajador supera el periodo de prueba le corresponde?
La legislación laboral vigente establece que el periodo de prueba es de tres meses. Una vez superado, el trabajador adquiere protección contra el despido arbitrario, sea contratado a plazo indeterminado como fijo. La excepción son los colaboradores a tiempo parcial, que no tienen esta protección.
¿Qué es el periodo de prueba y cuáles son las condiciones para su ampliación y por qué plazos?
El periodo de prueba es la etapa inicial del contrato de trabajo mediante el cual existe una evaluación recíproca entre empleador y trabajador. Sin embargo, pueden pactar un término mayor en caso las labores a desarrollar requieran de un periodo mayor de capacitación o en tanto exista una causa justificada.
¿Por qué dura el periodo de prueba en la empresa?
Por lo demás, mientras que dura el periodo de prueba, el trabajador cuenta con los mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores. El tiempo del periodo de prueba se tiene en cuenta para calcular la antigüedad del trabajador en la empresa, de hecho. El Estatuto de los Trabajadores regula el periodo de prueba en su artículo 14.
¿Cómo pagar los días trabajados durante el periodo de prueba?
Sí, los días trabajados durante el periodo de prueba se tienen que pagar, con independencia de que el trabajador continúe luego en la empresa o cese (por su propia voluntad o por la del empleador).
¿Por qué no se supera el periodo de prueba?
Cuando no se supera el periodo de prueba no hay derecho a indemnización, tan solo al finiquito, que es que te paguen los días de trabajo que no hayas cobrado del mes, más la parte proporcional de pagas extra y vacaciones no disfrutadas y cualquier otra cantidad que estuviese pendiente (horas extra, etc).
¿Es obligatorio un trabajador en periodo de prueba?
No es obligatorio, pero si existe, debe estar plasmado por escrito. Un trabajador en periodo de prueba tiene los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro miembro de la plantilla. Excepto, lógicamente, aquellos que tienen que ver con los términos de la extinción de la relación laboral.