Cuales son los vicios ocultos de un inmueble?

¿Cuáles son los vicios ocultos de un inmueble?

Los vicios ocultos son aquellos defectos del bien que no son evidentes a la vista; son anteriores a la adquisición y hacen al bien, impropio para su uso, de tal manera que, si el adquirente los hubiera conocido con anterioridad, probablemente no hubiera adquirido el bien o lo hubiera adquirido a un precio menor.

¿Cómo denunciar vicios ocultos vivienda?

Para ello es necesario solicitar un informe a un técnico cualificado, ya sea arquitecto o arquitecto técnico. Se debe notificar al vendedor por escrito la situación detectada y los daños que ocasionan. En este escrito se deberá indicar la fecha del contrato y el plazo establecido para solucionarlos.

¿Cuánto dura la garantia de vicios ocultos?

La Ley Federal de Protección al Consumidor, establece que a partir de que adquieres el inmueble tienes cinco años para reclamar sobre algún problema relacionado con la estructura y tres años para aspectos que tengan que ver con la impermeabilización.

¿Qué son los vicios ocultos en la construcción?

Los vicios ocultos se clasifican en: Construcción: grietas en muros, desprendimiento de ladrillos o materiales de revestimiento. Instalación: eléctrica, hidráulica o tuberías. Servicios: instalación de red sanitaria, drenaje, agua, mala impermeabilización, entre otros.

¿Quién paga los vicios ocultos?

El Código Civil dispone que el vendedor estará obligado a hacerse cargo de los vicios ocultos que tuviere la cosa vendida, en caso en que los mismos la hagan impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo dicho uso que, en caso de haberlo conocido el comprador, no la habría adquirido o habría …

¿Cuándo prescriben los vicios Redhibitorios?

Art. 4041 C.C. derogado: “Se prescribe por tres meses, la acción redhibitoria para dejar sin efecto el contrato de compra y venta; y la acción para que se baje del precio el menor valor por el vicio redhibitorio”.

¿Qué son vicios ocultos ejemplos?

Ejemplo de vicios ocultos Un ejemplo de vicio oculto es la compraventa de un vehículo y que este no arranque por un fallo del motor que no es apreciable a simple vista. Otro ejemplo es la compraventa de una vivienda que da humedades por rotura de tuberías que no se podían detectar.

¿Qué son vicios ocultos en una vivienda de segunda mano?

Los vicios ocultos son todos aquellos defectos o desperfectos que tiene una vivienda y que no se detectan a simple vista, por lo que solo se descubren al comenzar a vivir en ella. La aparición de vicios ocultos demuestra que la casa no está en las condiciones que el vendedor había indicado antes de la compra.

¿Cómo hacer válida la garantia de vicios ocultos?

Vicios ocultos

  1. Rescindir el contrato.
  2. Modificar las condiciones de contratación.
  3. Exigir una indemnización por daños y perjuicios.

¿Qué son las garantias de vicios ocultos?

Una fianza de vicios ocultos tiene como objetivo principal, garantizar la reparación de una obra o bien inmueble, en caso de que después de entregado el trabajo y dentro del plazo estipulado en el contrato, aparezcan vicios ocultos o defectos.

¿Cuando hay vicio oculto?

Los vicios ocultos son defectos en las cosas que no pueden detectarse en el momento de la compraventa. En derecho, el concepto se emplea para designar aquellos desperfectos que dan derecho a reclamar la reparación del bien o la resolución del contrato.

¿Por qué existen vicios ocultos en una vivienda?

Es por ello que la existencia de vicios ocultos en un bien como este es un elemento especialmente relevante, para lo cual existen una serie de leyes que protegen al comprador. A continuación, te contamos los aspectos más importantes que debes tener en cuenta si adquieres una vivienda afectada por alguno de estos invisibles defectos.

¿Qué son los vicios ocultos?

Los vicios ocultos, son verdaderos caballos de troya de tu hogar. Los cuales una vez comprada, aparecen al tiempo, sin que se haya tenido noticia de ellos con anterioridad. ¿Qué es la acción de vicios ocultos o redhibitoria?

¿Quién estará obligado a hacerse cargo de los vicios ocultos?

El Código Civil dispone que el vendedor estará obligado a hacerse cargo de los vicios ocultos que tuviere la cosa vendida, en caso en que los mismos la hagan impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo dicho uso que, en caso de haberlo conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella.

¿Cómo ha de existir el vicio a la venta?

2º) El vicio ha de ser preexistente a la venta; el vicio ha de existir en el momento de perfeccionamiento del contrato, aunque el mismo salga a la luz con posterioridad a la celebración del mismo.