¿Cuáles son las órdenes de protección?
• Para otorgar las órdenes de protección se deberá tomar en cuenta: el riesgo o peligro existente; la seguridad de la víctima; el tiempo que ha durado el ejercicio de la violencia; los antecedentes violentos del agresor; la gravedad y magnitud del daño causado; y, cualquier otra información relevante sobre la condición de la víctima y del agresor.
¿Qué son las órdenes de protección de emergencia?
La ley referida contempla 3 tipos de órdenes de protección: de emergencia, preventivas y de naturaleza civil3. Entendiendo como: Órdenes de protección de emergencia son las siguientes:
¿Cuáles son las órdenes de protección de las mujeres?
Actualmente, diversos instrumentos normativos prevén las órdenes de protección, entre ellos destaca la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y sus homólogas en las entidades federativas, así como en códigos civiles, familiares, y en el Código Nacional de Procedimientos Penales, entre otras.
¿Cuándo se notificará la Orden de protección?
• La orden de protección surtirá sus efectos al momento de ser notificada, en la misma se citará a la persona agresora para comparecer ante el juez al día siguiente para celebrar una audiencia de pruebas y alegatos. El/la juez dictará resolución dentro de las 24 hrs. siguientes en la que confirme, modifique o revoque.
¿Cómo solicitar las órdenes?
Los/as menores de 12 años, sólo podrán solicitar las órdenes a través de sus representantes legales. Artículo 24 de la Ley.
¿Cómo podrán solicitar las órdenes a través de sus representantes legales?
• Los/as mayores de 12 años podrán solicitar a las autoridades competentes que los/as representen en sus solicitudes y acciones, para que las autoridades correspondientes puedan dar de manera oficiosa el otorgamiento de las órdenes. • Los/as menores de 12 años, sólo podrán solicitar las órdenes a través de sus representantes legales.
¿Cuál es la Orden de protección de las víctimas de la violencia doméstica?
En estos 30 días el Juez civil de Familia o el Juez de Violencia sobre la Mujer debe ratificarlas, modificarlas ó dejarlas sin efecto. La orden de protección será inscrita en el REGISTRO Central para la protección de las victimas de la violencia domestica, donde se deberá hacer constar igualmente si queda sin efecto.
¿Cuáles son las órdenes para molestar a la víctima?
Estas órdenes pueden ser: La persona agresora debe desocupar el domicilio conyugal Se le prohíbe molestar a la víctima en su centro de trabajo, escuela o lugares públicos que frecuente
Las órdenes de protección son medidas precautorias, cautelares, personalísimas e intransferibles, dictadas por parte de las autoridades competentes, que tienen como objeto primordial la adopción de acciones urgentes de seguridad a favor de las personas víctimas de violencia.