¿Cuáles son las medidas cautelares en Panamá?
Concepto: Las medidas cautelares personales son instrumentos jurídicos que tienen como propósito asegurar los fines del proceso. Contribuyen a que la persona presuntamente vinculada a la comisión de un delito, atienda los requerimientos del proceso judicial hasta la resolución de la causa.
¿Qué dice el artículo 325 del Código Procesal Penal de Panamá?
De acuerdo con el párrafo primero del artículo 325 del Código de Procedimiento Penal, la requisa de personas supone como presupuesto previo la existencia de motivos suficientes para presumir que una persona lleva oculta entre sus ropas o lleva adheridos a su cuerpo objetos relacionados con un delito.
¿Qué es una querella penal en Panamá?
Es considerado querellante la víctima del delito, según las siguientes previsiones del artículo 79 del Código Procesal Penal, a saber: Los socios, en relación con los delitos que afecten a una sociedad, cometidos por quienes la dirigen, administran, gerencian o controlan.
¿Qué tipos de medidas cautelares hay?
¿Qué son las medidas cautelares?
- La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe.
- La exhibición de una garantía económica.
- El embargo de bienes.
- La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero.
¿Qué elementos son considerados para acceder a las medidas cautelares?
Las características propias de las medidas cautelares son: jurisdiccionalidad, rogación de parte, instrumentalidad o accesoriedad, provisionalidad, temporalidad, sistema de numerus apertus y discrecionalidad y sentido patrimonial.
¿Qué dice el artículo 325 del Código Penal?
Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de diez a catorce meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años el que, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o …
¿Cuándo es aprobado el Código Procesal Penal?
El Código Procesal Penal (en adelante CPP) promulgado el 29 de julio de 2004, entró en vigencia de modo íntegro el 1 de julio de 2006 en el Distrito Judicial de Huaura, regulándose un proceso de implementación progresiva de acuerdo a un Calendario Oficial.
¿Cómo presentar una querella penal en Panamá?
La querella será presentada por escrito a través de apoderado judicial. Datos de identidad, domicilio, firma del querellante y del apoderado judicial. Datos de identidad y el domicilio del querellado o, si se ignoran, cualquier descripción que sirva para identificarlo.
¿Cómo se realiza una querella penal?
La querella se presentará siempre por medio de procurador con poder bastante y deberá estar firmada por un abogado. Presentación por escrito, en el que se indicará: El Juez o Tribunal ante quien se presente. Será competente el Juzgado de Instrucción del lugar donde se cometió el delito.