¿Cuáles son las horas complementarias en educación?
Horas complementarias: 7 periodos de 55 minutos o 5 periodos de 60 minutos. Horas complementarias de cómputo mensual: 5 horas por semana. Horas de libre disposición: 7,5 horas.
¿Cuántas horas se trabaja en un colegio concertado?
El TIEMPO DE TRABAJO comprende horas dedicadas a acti- vidad lectiva y otras dedicadas a actividad no lectiva. La JORNADA ANUAL TOTAL será de 1.180 horas, de las cuales se dedicarán a actividad lectiva, como máximo, 850 h., dedicándose el resto (330 h.) a actividades no lectivas. HORAS LECTIVAS: como máximo 25 h.
¿Qué son las horas complementarias en secundaria?
También se consideran horas complementarias la reunión de departamento y la dedicación a programas propios de cada centro no reconocidos institucionalmente.
¿Cuántas horas son una jornada completa en secundaria?
El horario completo son 20 lectivas, 7 complementarios, 5 horas de cómputo mensual y 7,5 horas de libre disposición. El total, son las 37,5 horas de trabajo semanal.
¿Cuáles son las atribuciones del Consejo Escolar del centro?
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones: a) Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
¿Cuáles son los miembros de un consejo escolar de diez miembros?
En un consejo escolar de diez miembros, los miembros son normalmente: el director, tres maestros que trabajan en la escuela, otro empleado de la escuela, dos padres y tres estudiantes.
¿Cómo se reunirá el Consejo Escolar?
El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones es obligatoria para todos sus miembros. 1.5.
¿Cuál es el régimen de funcionamiento del Consejo Escolar?
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.