Cual es el embargo de la prestacion por desempleo?

¿Cuál es el embargo de la prestación por desempleo?

En caso de una prestación que sea de hasta cuatro veces el SMI el embargo puede llegar al 60%. Si se cobra hasta cinco veces el SMI se puede llegar a embargar hasta un 75%. En los supuestos en los que se cobre más de cinco veces el SMI el embargo puede llegar a ser de un 90% de la prestación por desempleo.

¿Cómo cobrar ayudas por desempleo?

Aquellas personas que ya han agotado la prestación por desempleo y cumplen con unos determinados requisitos pueden cobrar diferentes ayudas como el subsidio por desempleo, la ayuda del Plan Prepara o la RAI. Este tipo de ayudas siempre están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, por lo que son inembargables.

¿Cómo podrán embargar la prestación contributiva o el subsidio por desempleo?

Sí, podrán embargarle la prestación contributiva o el subsidio por desempleo en aplicación de una orden judicial o resolución administrativa y en la cuantía que el título ejecutivo disponga. No se puede embargar la prestación que no supere la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

¿Cómo solicitar el levantamiento del embargo?

De forma alternativa, el afectado puede solicitar el levantamiento del embargo si presenta una garantía suficiente para hacer frente a la deuda cuyo pago se le está reclamando. Si el embargo se ha producido sin seguirse el procedimiento legalmente establecido será nulo de pleno derecho.

¿Cuál es la inembargabilidad del deudor?

De hecho, no pagarlas puede dar lugar a un embargo que se aplicará sobre el salario del deudor o incluso sobre la prestación de desempleo. Sin embargo, hay excepciones que dan lugar a la inembargabilidad. El artículo 1911 del Código Civil establece que el deudor debe cumplir con sus obligaciones y que lo hará con sus bienes presentes y futuros.