¿Cómo cambiar de convenio en una empresa?
La única forma de cambiar de convenio colectivo es hacerlo a través del procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cómo se modifica un contrato?
La modificación de los contratos, bien sea para adicionar obras, bienes o servicios, prorrogar el plazo o alterar la forma de su ejecución, debe constar por escrito y haber sido suscrita por las partes, para que puedan alcanzar eficacia, existencia y validez.
¿En qué casos un trabajador puede cambiar el contrato?
Sabemos que en términos legales suena complicado, pero tal como dijimos más arriba, significa simplemente que si el empleador y el trabajador llegaron a un acuerdo en el que se modificarían las condiciones de trabajo, entonces el empleador puede cambiar el contrato. Pero, ¿En qué casos un trabajador aceptaría que se modificara su contrato?
¿Qué tipos de cambios puede realizar el empleador cuando se modifica el contrato?
Lo primero que hay que ver son los tipos de cambios que puede realizar el empleador cuando se modifica el contrato de forma unilateral. Aquí, a diferencia de la modificación de mutuo acuerdo en donde el cambio de contrato era libre, hay que seguir algunas reglas y sólo se pueden modificar puntos específicos del contrato.
¿Cómo recurrir al cambio de contrato?
1. Aceptar dicho cambio. 2. Extinguir su contrato antes de que pasen los 15 días. Si se demuestra que el cambio es sustancial, éste será indemnizado con 20 días por año trabajado. 3. Recurrir ante el Juzgado de lo Social. Se puede recurrir el cambio y pedir que se mantengan las condiciones anteriores al mismo.
¿Qué es el cambio de modalidad del contrato de trabajo?
Cambio de modalidad del contrato no es obligatoria. La ley no obliga al trabajador a que acepte que le cambien el tipo de contrato de trabajo o las condiciones del mismo; esas aceptaciones dependerán de la voluntad del trabajador y/o de las negociaciones que hagan las partes. La voluntad del trabajador en el contrato de trabajo.