Se puede trabajar en otra empresa durante las vacaciones?

¿Se puede trabajar en otra empresa durante las vacaciones?

¿Se puede trabajar en otra empresa durante las vacaciones? La finalidad de las vacaciones laborales es el descanso, es decir la reposición de energías y recuperación de las condiciones físicas óptimas para la reanudación de la prestación laboral de la mejor forma posible.

¿Cuál es la retribución correspondiente al periodo de vacaciones?

La retribución correspondiente al periodo de vacaciones debe ser satisfecha al momento de iniciación de las mismas, en un recibo legal, efectuándose las retenciones de aportes y las contribuciones correspondientes. Artículo 155 LCT.

¿Cómo puede despedir a un empleado de vacaciones?

Si el empleado no quiere disfrutar de las vacaciones en las fechas que le propone el empresario, puede también recurrir a la intermediación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Si el trabajador intenta imponer sus vacaciones a toda costa, se le puede despedir.

¿Qué debe de percibir el trabajador durante el periodo de vacaciones?

Con carácter general, el salario que debe de percibir el trabajador durante el periodo de vacaciones es el que venía percibiendo de forma habitual. Como excepción, no se deben de incluir todos aquellos conceptos salariales que tienen carácter excepcional, como es el exceso de jornada o comisiones por ventas.

¿Cómo puedo indemnizar a un trabajador de vacaciones?

Aceptarlo e irse de vacaciones cuando la empresa se lo permita. Rescindir el contrato de trabajo. En este caso, percibiría 20 días de salario como indemnización. También es posible demandar a la empresa si obligan a un trabajador a coger vacaciones de un día para el otro y sin dar explicaciones.

¿Cuál es el derecho de los trabajadores a tener vacaciones?

En la mayoría de los trabajos, los trabajadores tienen derecho a elegir cuándo les corresponde las vacaciones, es decir, pueden decidir de qué fecha a que fecha quieren tener vacaciones, siempre y cuando avisen a la empresa con antelación. Este derecho aparece regulado en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.