Quien puede pedir el teletrabajo?

¿Quién puede pedir el teletrabajo?

«El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores permitía al trabajador a solicitar el teletrabajo siempre y cuando existiesen necesidades de conciliar la vida familiar y laboral (hijos menores, cuidado de familiares, etc) y estuviese debidamente acreditado», desvela Matorras.

¿Cuánto están pagando las empresas por teletrabajo?

Calcular la compensación “Lo deseable es que esté previsto en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación” aconseja Pedrajas. De hecho, muchos convenios ya lo regulan, y fijan compensaciones que oscilan entre 25 y 35 euros brutos al mes para teletrabajadores a tiempo completo.

¿Cuál es el derecho a solicitar el teletrabajo?

El articulo 348 del Estatuto de los Trabajadores, reconoce el derecho a solicitar el teletrabajo, a hacerlo en los términos previstos en la negociación colectiva o bien como resultado de un proceso negociar con la empresa.

¿Qué se entiende por teletrabajo?

Se entiende por teletrabajo aquella actividad que se lleva a cabo en el domicilio del trabajador o en cualquier otro lugar que este elija, como alternativa a realizarlo en el centro de trabajo de la empresa de manera presencial, puede realizarse a tiempo completo o parcial.

¿Cuáles son las razones del teletrabajo en la empresa?

Así que, aparte de las circunstancias forzosas provocadas por el Covid-19, hay una serie de razones por las que deberíamos considerar implementar el teletrabajo en la empresa. Para empezar, teletrabajo y conciliación pueden (y deben) ir de la mano, y esto a su vez incide en la reducción del absentismo laboral.

¿Cuál es la obligación de los trabajadores acogerse al teletrabajo?

Sin embargo, tendrán que dotar de medios al empleado, mantener los equipos y compensar los gastos si no hubieran sido ya compensados. En la anterior versión, se las excluía solamente de la obligación de establecer con cada uno de sus trabajadores que quisiesen acogerse voluntariamente al teletrabajo.