Quien contrata en una comunidad de propietarios?

¿Quién contrata en una comunidad de propietarios?

Entonces, ¿Quién tiene la capacidad legal de contratar los servicios en la comunidad de vecinos?. Resulta claro que la Junta de Propietarios es quien elabora en su reunión anual el presupuesto de gastos e ingresos y el presidente los lleva a cabo según se aprueben.

¿Cómo cambiar de empresa de limpieza de la comunidad de vecinos?

No. No puedes cambiar de empresa de limpieza simplemente porque te haya apetecido una mañana cualquiera. Ni siquiera siendo un propietario o siendo el presidente de una comunidad tienes potestad para decidir sobre ese tema por tu cuenta.

¿Quién puede ser administrador de una comunidad?

El cargo de administrador y, en su caso, el de secretario-administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones.

¿Cuándo es obligatorio un administrador de fincas?

No, contratar a un administrador de fincas no es obligatorio. Un administrador de fincas es el profesional cualificado para gestionar inmuebles. Gestionar propiedades inmobiliarias supone emplear tiempo y dedicación y, en la mayoría de los casos, los vecinos no pueden ocuparse de todas las funciones necesarias.

¿Cómo debe tener un empleado directo de la Comunidad de propietarios?

Cualquier empleado directo de la comunidad de propietarios debe tener un contrato de trabajo y estar dado de alta en la Seguridad Social, aunque trabaje sólo dos horas a la semana. En este sentido pueden darse dos situaciones:

¿Qué es la Comunidad de propietarios?

La comunidad de propietarios es un centro de trabajo y como tal es responsable de las personas que realicen algún trabajo en ella. Hablamos de conserjes, jardineros, empleados de limpieza, etc.

¿Qué trámites necesitamos para constituir una comunidad de propietarios?

Ya os comentábamos los trámites necesarios para constituir una comunidad de propietarios, quienes eran las figuras imprescindibles (presidente, administrador, secretario…) y los documentos que teníais que entregar. Pero todavía es necesario que estéis informados de otras necesidades para terminar de constituir la comunidad.

¿Cómo dar de alta a la Comunidad de propietarios?

2 – La comunidad de propietarios debe darse de alta en la Seguridad Social como empleador y hacerse con un código de cuenta de cotización 3 – Si el trabajador no cuenta con número de afiliación a la Seguridad Social, la comunidad deberá solicitarle uno. 4 – Dar de alta al trabajador como empleado de la comunidad de propietarios.