Quien aporta las cuotas al Fondo de Garantia Salarial?

¿Quién aporta las cuotas al Fondo de Garantía Salarial?

El Fondo de Garantía Salarial se financia por: Las cotizaciones de las empresas tanto públicas como privadas, que ocupan a trabajadores por cuenta ajena. La base de cotización es la misma que la establecida para los accidentes de trabajo, enfermedad profesional y desempleo en el sistema de la Seguridad Social.

¿Qué significa que el FOGASA es responsable subsidiario de los salarios e indemnizaciones pendientes?

Responsabilidad subsidiaria. Como hemos adelantado, el Fondo de Garantía Salarial responde frente a los trabajadores del abono de los salarios y determinadas indemnizaciones pendientes de pago por encontrarse el empresario obligado a su pago en situación de insolvencia o concurso de acreedores.

¿Cuánto se tarda en cobrar del Fondo de Garantía Salarial?

Nunca puede negarse el pago de la prestación correspondiente. Por lo que, como regla general, la resolución sobre la solicitud debe producirse antes de tres meses y el pago, una vez dictada dicha resolución no debería demorarse más allá de los treinta días.

¿Qué es la indemnización por daños y perjuicios?

La indemnización por daños y perjuicios intenta compensar a la víctima por la pérdida sufrida y restablecer la situación en que se encontraba antes de la lesión. Por otro lado, los daños punitorios tienen el propósito de castigar al demandado por sus actos para evitar que se repita la conducta que ocasionó la lesión.

¿Qué es la concesión automática de la indemnización por daños morales?

Dice al respecto: <

¿Quién tiene derecho a recibir una indemnización por daños contra la propiedad?

Daños contra la propiedad — Una víctima también tiene derecho a recibir indemnización por daños contra su propiedad. Dicha indemnización se determina tomando como base el valor justo del mercado por la propiedad en el momento en que se produjo el daño. Los daños especiales pueden determinarse con bastante certeza.

¿Qué son los daños y perjuicios?

¿Qué son los daños y perjuicios? Si en la responsabilidad contractual el daño deriva del incumplimiento de la obligación ( artículo 1101 CC ), el daño extracontractual ( artículo 1902 CC) es el producido con independencia de un incumplimiento obligacional, pero en ambos casos, se ha de acreditar la existencia del mismo.