¿Qué significa la custodia compartida en distintos domicilios?
La custodia compartida en distintos domicilios, siendo el niño el que se mueve de uno a otro en cada periodo. La custodia compartida coexistente, cuando ambos progenitores viven bajo el mismo techo. Además, que la custodia sea compartida no quiere decir que corresponda a ambas partes el mismo tiempo de ejercicio de la guarda y custodia.
¿Qué es la custodia compartida y custodia exclusiva?
Las dos fórmulas más comunes de guarda y custodia son la custodia compartida y la custodia monoparental. La custodia monoparental o custodia exclusiva consiste en conceder la guarda y custodia (los cuidados del menor, incluyendo su educación, bienestar y convivencia habitual) a uno solo de los progenitores, que será el progenitor custodio.
¿Qué es la Guarda y custodia?
La guarda y custodia se refiere a la fijación de con quién convivirá de forma habitual el hijo en caso de separación o divorcio. Puede ejercerse por ambos progenitores o bien por uno solo, que tendrá, eso sí, un derecho de visitas al niño.
¿Cuál es el Convenio Regulador de custodia compartida?
Estas medidas quedan recogidas en un documento llamado convenio regulador, cuya regulación aparece en el Código Civil. El convenio regulador en caso de custodia compartida contendrá necesariamente una serie de aspectos sobre el ejercicio de la guarda y custodia por parte de ambos progenitores.
¿Cuál es la solución óptima de la custodia compartida?
Se trata de una sentencia de 7 de julio de 2011, en la que se fijó como solución óptima generalizada la custodia compartida, siempre preferible a concederla en exclusiva a uno de los cónyuges.
¿Quién podrá solicitar la custodia compartida de los hijos?
En definitiva, aún en el supuesto de que no medie el acuerdo entre los padres, cualquiera de los dos progenitores podrá solicitar al Juez la custodia compartida de los hijos.
¿Cuál es la custodia de los hijos?
En caso de separación o divorcio, así como en el supuesto de parejas de hecho que deciden poner fin a su relación, la custodia de los hijos podrá ser: Custodia monoparental o exclusiva: atribuida a uno de los progenitores (generalmente la madre), teniendo el otro progenitor derecho de visitas y de estancia.