¿Qué se necesita para formar un sindicato en Guatemala?
Los sindicatos deben registrarse directamente con la Dirección General del Trabajo o a través de las autoridades locales mediante la presentación de una solicitud por escrito junto con una copia de sus estatutos, y la lista de nombres de los responsables de la gestión y administración.
¿Cuáles son los estatutos de los sindicatos?
Conjunto de normas que rigen internamente una institución o asociación y que se refieren a su asociación, como sus funciones de los integrantes de sus miembros, sus obligaciones y el derecho que contienen los sindicatos.
¿Cuántos miembros pueden integrar el Comité Ejecutivo del sindicato?
c) el número de sus miembros no puede exceder de nueve ni ser menor de tres; d) los miembros del comité ejecutivo gozan de inamovilidad en el trabajo que desempeñen durante todo el tiempo que duren sus mandatos y hasta doce meses después de haber cesado en el desempeño de los mismos.
¿Qué es un sindicato gremial?
Sindicatos gremiales: son sindicatos que agrupan a profesionales de un mismo sector o especialidad. Sindicatos de diferentes oficios: este el es tipo de sindicato recopila a los trabajadores de diferentes profesionales y se componen por el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de 20 personas.
¿Cuántas personas hacen falta para formar un sindicato?
Artículo 364. – Los sindicatos deberán constituirse con un mínimo de veinte trabajadores o con tres patrones, por lo menos.
¿Qué requisitos se necesitan para formar un sindicato?
¿Cómo formar un sindicato?
- Denominación del Sindicato.
- Domicilio y población.
- Objeto del Sindicato.
- Condiciones de admisión de los socios.
- Obligaciones y derechos de los asociados.
- Motivos y procedimientos de expulsión y correcciones disciplinarias.
- Forma de convocar a asambleas y clases de ellas.
¿Cómo se elaboran los estatutos de un sindicato?
Estatutos que un sindicato debe definir para su constitución
- Nombre del sindicato, único, que lo identifique y sea diferente de los demás.
- Domicilio del sindicato.
- Objeto del sindicato.
- Duración (si no se señala el plazo, se entiende que es por tiempo indeterminado).
- Condiciones para admitir a nuevos miembros.
¿Cuáles son los requisitos de los estatutos de un sindicato?
Los estatutos de los sindicatos contendrán:
- I. Denominación que le distinga de los demás;
- II. Domicilio;
- III. Objeto;
- IV. Duración.
- V. Condiciones de admisión de miembros;
- VI. Obligaciones y derechos de los asociados;
- VII.
- a) La asamblea de trabajadores se reunirá para el solo efecto de conocer de la expulsión.
¿Qué es Comite Ejecutivo del sindicato?
Del Comité Ejecutivo: El Comité Ejecutivo, es el encargado de ejecutar y cumplir los mandatos de la Asamblea General que consten en el Libro de Actas y Acuerdos del mismo y lo que exijan los presentes estatutos o las disposiciones legales.
¿Qué es el comite ejecutivo de un sindicato?
Artículo 1°, El Comité Ejecutivo es el órgano del Sindicato encargado de la dirección política del mismo entre cada sesión plenaria del Consejo General de Representantes. Sus facultades son las establecidas en el Estatuto de la Organización Sindical.
¿Qué es un sindicato de patrones?
– Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
¿Cuál es el órgano de administración del Sindicato guatemalteco?
El Sindicato debe contar con un órgano de administración que será el Comité Ejecutivo, en el cual sus miembros deberán ser guatemaltecos de origen y trabajadores de la empresa, este será el encargado de ejecutar y cumplir los mandatos de la Asamblea General y con un órgano asesor que será el Consejo Consultivo.
¿Cuál es el mínimo de patronos para formar un sindicato?
De conformidad con el artículo 216 del Código de Trabajo, se requiere el consentimiento por escrito de 20 o más trabajadores y para formar un sindicato de patronos se necesita un mínimo de cinco (5) patronos.
¿Cómo se debe formar un sindicato de trabajadores?
Debe tomarse en cuenta que para la formación de un Sindicato de trabajadores se requiere el consentimiento por escrito de veinte o más trabajadores y para formar uno de patronos se necesita un mínimo de cinco de patronos, según lo preceptuado por el artículo 216 del Código de Trabajo.