¿Qué pasa si no me quieren dar una copia de mi contrato?
Por ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) invita a los trabajadores que no tengan una copia de su contrato por escrito acercarse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita, a efecto de proteger sus derechos laborales.
¿Qué sucede si mi empleador no me entrega copia del contrato de trabajo?
No entregar copia del contrato al trabajador es considerada infracción muy grave (05/31/2017) El empleador deberá entregar al trabajador una copia del contrato de trabajo en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el inicio de la prestación de servicios.
¿Dónde puedo conseguir una copia de mi contrato de trabajo?
¿Dónde puedo conseguir una copia de mi contrato de trabajo? Afortunadamente, hoy en día, todos los contratos que se firman al empezar una relación laboral, se comunican a la Seguridad Social. Quedan así registrados y, por ende, se pueden consultar en cualquier momento desde el portal del Ministerio de Trabajo.
¿Quién tiene la obligación de entregar copia básica de los contratos de trabajo?
La empresa tiene la obligación de entregar a los representantes de los trabajadores una copia básica de los contratos de trabajo que se firman, salvo que sea para un puesto de alta dirección.
¿Qué es el derecho de petición para solicitar copia de contrato laboral?
Derecho de petición para solicitar copia de contrato laboral. Es procedente el derecho de petición al empleador para que expida una copia del contrato de trabajo, en virtud del artículo 32 de la ley 1755 de 2015.
¿Quién puede consultar los datos de un contrato de trabajo?
Los datos de cada contrato de trabajo solo puede consultarlos el trabajador o la propia empresa contratante, porque están protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos. Ningún trabajador o empresa puede pedir información de contratos en los que no haya sido parte.