¿Qué establece la Constitución de la Provincia de Buenos Aires?
– La provincia de Buenos Aires, como parte integrante de la República Argentina, constituida bajo la forma representativa republicana federal, tiene el libre ejercicio de todos los poderes y derechos que por la Constitución Nacional no hayan sido delegados al Gobierno de la Nación. Artículo 2.
¿Quién dicta la Constitución provincial?
123. – Cada provincia dicta su propia constitución, conforme a lo dispuesto por el artículo 5° asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.
¿Cuándo se creó la Constitución de la Provincia de Buenos Aires?
Recién a principios de 1820 nacerá la provincia de Buenos Aires como entidad autónoma de derecho público, sancionando su primera Constitución en 1854.
¿Cuándo se sanciona la Constitución provincial?
SANCIONADA POR EL CONGRESO GENERAL CONSTITUYENTE EL 1° DE MAYO DE 1853, REFORMADA Y CONCORDADA POR LA CONVENCION NACIONAL AD HOC EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1860 Y CON LAS REFORMAS DE LAS CONVENCIONES DE 1866, 1898, 1957 Y 1994.
¿Cómo se reforma la Constitución de la Provincia de Buenos Aires?
Artículo 206 Esta Constitución sólo podrá ser reformada por el siguiente procedimiento: a) El proyecto de reforma será tramitado en la forma establecida para la sanción de las leyes, debiendo contar con el voto afirmativo de dos tercios del total de los miembros de ambas cámaras para ser aprobado.
¿Qué derechos tiene como habitantes de la provincia de Buenos Aires?
Art. 22 – Todo habitante de la provincia, tiene el derecho de entrar y salir del país, de ir y venir, llevando consigo sus bienes, salvo el derecho de tercero. Art. 23 – La correspondencia epistolar es inviolable.
¿Que deben asegurar las constituciones provinciales?
La ley establece el régimen de los partidos políticos que actúan en la Provincia y garantiza su libre creación, organización democrática y pluralista, y la rendición de cuentas sobre el origen y destino de sus fondos. Asegura la libre difusión de sus ideas y un igualitario acceso a los medios de comunicación.
¿Cuándo fue sancionada la Constitución de Salta?
El 12 de noviembre de 1855 se promulgó la Constitución de la Provincia que en su capítulo VIII establecía la composición del Poder Judicial.
¿Cómo se sanciona una ley provincial?
Una vez que la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados sancionan un proyecto de ley, esta pasa al Poder Ejecutivo. El presidente de la Nación puede: Aprobar y promulgar la ley. En ambos casos, la ley se publica luego en el Boletín Oficial y entra en vigencia de acuerdo con los plazos legales.
¿Cuáles son las constituciones provinciales?
Las ocho constituciones del siglo XIX (1821,1830,1832,1843,1853,1858,1863,1886) son producto en la mayoría de los casos de las confrontaciones internas del país, lo que muestra la aparición y consolidación por esas clases emergentes tanto regionales como nacionales, que propendían por los intereses particulares, y que …
¿Quién puede reformar la Constitución de la Provincia de Buenos Aires?
2 – Todo poder público emana del pueblo; y así éste puede alterar o reformar la presente Constitución, siempre que el bien común lo exija y en la forma que por ella se establece.
¿Es la provincia de Buenos Aires parte integrante de la República Argentina?
La provincia de Buenos Aires, como parte integrante de la República Argentina, constituida bajo la forma representativa republicana federal, tiene el libre ejercicio de todos los poderes y derechos que por la Constitución Nacional no hayan sido delegados al Gobierno de la Nación. Artículo 2.-
¿Qué es la provincia de Buenos Aires?
La Provincia de Buenos Aires, como parte integrante de la República Argentina, constituida bajo la forma representativa republicana federal, tiene el libre ejercicio de todos los poderes y derechos que por la Constitución Nacional no hayan sido delegados al Gobierno de la Nación. Artículo 2.
¿Cuáles son los derechos y garantías de la provincia de Buenos Aires?
Declaraciones, Derechos y Garantías Artículo 1.- La provincia de Buenos Aires, como parte integrante de la República Argentina, constituida bajo la forma representativa republicana federal, tiene el libre ejercicio de todos los poderes y derechos que por la Constitución Nacional no hayan sido delegados al Gobierno de la Nación. Artículo 2.-
Artículo 1. – La provincia de Buenos Aires, como parte integrante de la República Argentina, constituida bajo la forma representativa republicana federal, tiene el libre ejercicio de todos los poderes y derechos que por la Constitución Nacional no hayan sido delegados al Gobierno de la Nación.
¿Qué derechos tienen como habitantes de la provincia de Buenos Aires?
Artículo 22. – Todo habitante de la Provincia, tiene el derecho de entrar y salir del país, de ir y venir, llevando consigo sus bienes, salvo el derecho de tercero. Artículo 23. – La correspondencia epistolar es inviolable.
¿Cuándo se sancionó la Constitución de la Provincia de Buenos Aires?
¿Cuándo fue creada la Constitución provincial?
Descargar la Constitución provincial, sancionada el 11 de febrero de 1916.
¿Cuáles son los derechos de los argentinos?
Derechos Constitucionales
- Derecho a la vida.
- Derecho a la integridad física..
- Derecho a la libertad.
- Derecho de peticionar a las autoridades..
- Derecho de votar y ser votado..
- Derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.
- Derecho de usar y disponer de la propiedad.
¿Cuál es el procedimiento de la reforma de la Constitución Nacional?
Artículo 30.- La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto.
¿Qué dice la Constitución de la Provincia de Buenos Aires sobre los municipios?
123. Cada provincia dicta su propia Constitución, conforme a lo dispuesto por el Art. 5 asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.