Que es un dictamen pericial en Civil?

¿Qué es un dictamen pericial en Civil?

El dictamen de peritos es uno de los medios de prueba reconocidos por la LEC conforme al cual, un sujeto ajeno al proceso aporta sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos o prácticos con objeto de producir el convencimiento del juzgador acerca de las alegaciones fácticas de complejidad técnica esgrimidas por …

¿Cuáles son las pruebas periciales en materia civil?

[DPro] Medio probatorio por el que la parte puede solicitar al juzgador que sea admitida como prueba la declaración de un perito en una materia por ser necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para explicar y valorar hechos relevantes al objeto de la litis.

¿Qué hace un perito en el proceso civil?

Perito es la persona física, dotada de conocimientos especializados en alguna rama del saber humano, que puede auxiliar al juzgador en el conocimiento de alguno o algunos de los hechos controvertidos en un proceso, sin ser parte en éste.

¿Cuándo es necesario el dictamen pericial técnico?

Dictamen del perito como medio probatorio. Esta clase de medio de prueba puede ser pedido por cualquiera de las partes o decretada de oficio por el Juez cuando este así lo considere necesario, a esta prueba se recurre cuando el tema es algo que requiere la opinión de un experto.

¿Cómo se fija el dictamen pericial?

En el dictamen pericial se fijarán con precisión los puntos en que se oponen las partes a efecto de distinguir las distintas posiciones en que se hayan ubicado.

¿Cuál es el dictamen pericial en materia jurídica?

El dictamen pericial en materia jurídica puede ser libre o estar sujeto a determinadas reglas o condiciones impuestas por la autoridad judicial que lo solicita o difiere.

¿Cómo procede el dictamen pericial de oficio?

Según lo establecido en el Código General del Proceso, el Dictamen Pericial de oficio sólo procede: PRIMERO, cuando lo solicite una de las partes que gocen del amparo de pobreza, es decir que hayan demostrado carecer de los recursos económicos que requiere un proceso judicial, entre tales el pago de honorarios a los Peritos .

¿Quién podrá otorgar o negar el dictamen pericial?

La autoridad judicial podrá otorgar o negar valor probatorio a dicho dictamen pericial, pero no podrá dejar de examinarlo y deberá apreciarlo en relación con las demás pruebas y constancias que obren en los autos. Peritos, Prueba.