¿Qué es el error en el testamento?
En materia testamentaria el Código Ci- vil expresamente distingue dos tipos de error de hecho: error in persona y error in corpore. Aquí, el legislador se adhiere a la regla de que la descripción falsa o equivo- cada no vicia el acto, en tanto la voluntad sea clara (falsa demonstratio non nocet).
¿Cuando el error se considera conocible?
ERROR CONOCIBLE El error se considera conocible cuando, en relación al contenido, a las circunstancias del acto o a la calidad de las partes, una persona de normal diligencia hubiese podido advertirlo (art. 203 CC). Por último, se debe tener en cuenta las calidades de las partes.
¿Quién es el albacea de la sucesión?
El ALBACEA tiene como obligación, entre otras, defender en juicio, y fuera de él, los bienes de la herencia y la validez del testamento. El Albacea de la sucesión está obligado a rendir cuentas de su administración en los periodos establecidos en la Ley, durante el periodo de su encargo, debiendo presenta sus informes en forma periódica,
¿Quién puede nombrar a un albacea?
¿A quién puedo nombrar de albacea? El testador puede nombrar como albacea a cualquier persona aunque éste es un cargo voluntario por lo que el albacea no tienen la obligación de aceptar. El testador podrá nombrar a más de un albacea de forma sucesiva o mancomunada. (Art 891 Código Civil). ¿Debo pagar al albacea?
¿Qué es el albacea definitivo?
b) Albacea definitivo: es el albacea nombrado en el testamento, por los herederos o por el juez y que acepta el encargo y que por lo tanto tiene obligación de ejercerlo y concluirlo dentro del siguiente año, en los términos de ley. 3. Por su actividad en el desempeño del cargo.
¿Cuál es la figura del albacea?
Lo habitual es que en los testamentos, cuando figure reseñado el nombramiento o designación del albacea, se le faculte a éste para proceder a confeccionar el cuaderno particional y repartir los bienes. En estos casos la figura del albacea, se denomina albacea contador partidor.