¿Qué debe incluir un plan de parentalidad?
En las propuestas de plan de parentalidad deben constar los siguientes aspectos: El lugar o lugares donde vivirán los hijos habitualmente. Deben incluirse reglas que permitan determinar a qué progenitor le corresponde la guarda en cada momento.
¿Cuándo finalizará la manutención de los hijos?
En general, la manutención de los hijos ordenada por la corte finalizará cuando el hijo cumpla 18 años de edad o se gradúe de la escuela secundaria.
¿Quién tiene la obligación de ordenar la manutención de los hijos?
Las cortes de California tienen la obligación de ordenar un monto de manutención de los hijos conforme a las pautas de manutención, a menos que el caso cumpla con 1 de las pocas excepciones legales a esta regla.
¿Quién puede ponerse de acuerdo en la manutención de los hijos?
Los padres pueden ponerse de acuerdo en un monto de manutención de los hijos, pero sólo si el juez decide que es apropiado, y si acepta y firma la orden. El asistente de derecho familiar de su corte puede ayudar a ambos padres a llegar a un acuerdo de manutención de los hijos y ponerlo por escrito.
¿Cuál es el ejercicio de la responsabilidad parental?
El cuidado personal puede ser unilateral, manteniéndose en dicha situación la regla del ejercicio conjunto de la responsabilidad parental -arts. 641, 645 y conc.-, salvo que excepcionalmente se decida también un ejercicio unilateral de la responsabilidad parental art. 641, inc. b último parte, inc. e, primera parte).
¿Cuál es la titularidad de la responsabilidad parental?
La titularidad, el ejercicio de la responsabilidad parental y el cuidado personal de los hijos son figuras que se desprenden de la responsabilidad parental (art.640CCyC). El ejercicio de la responsabilidad parental en caso de divorcio corresponde a ambos progenitores.
¿Cuál es la responsabilidad parental en caso de divorcio?
El ejercicio de la responsabilidad parental en caso de divorcio corresponde a ambos progenitores. Excepcionalmente por voluntad de los mismos o por decisión judicial y siempre en interés de la niña, niño o adolescente el ejercicio se podrá atribuir a uno solo de ellos o establecerse distintas modalidades.