Cuantos dias de vacaciones marca el Estatuto de los Trabajadores?

¿Cuántos días de vacaciones marca el Estatuto de los Trabajadores?

¿Días naturales o días laborables? La regla general (Art. 38 del ET) señala que deberán concederse como mínimo 30 días naturales de vacaciones a los trabajadores en el período de un año natural.

¿Cuántos días de vacaciones tienen los trabajadores?

En Colombia la ley obliga a dar 15 días hábiles de vacaciones, donde no se tienen en cuenta los domingos ni los festivos, y en razón a ello las vacaciones por lo general son de 18 o 19 días, dependiendo de a época en que el trabajador salga a vacaciones.

¿Cómo se cuentan las vacaciones de un trabajador?

Si nos regimos por días naturales: 30 días naturales/12 meses del año = 2,5 días de vacaciones al mes. Si nos regimos por días laborales: 22 días laborales/12 meses del año = 1,8 días de vacaciones al mes.

¿Cuál es la duración de las vacaciones?

Por lo general, las vacaciones son de 30 días naturales al año, pero si tiene la suerte de estar acogido al Convenio Colectivo del Comercio del Metal o al Convenio Colectivo de Gestión y Mediación Inmobiliaria, tendrá 31 o 32 días naturales, respectivamente.

¿Cómo se otorgan las vacaciones laborales?

Dentro de la legislación de la mayoría de países, las vacaciones laborales se otorgan luego de un tiempo de trabajo laborando para la misma empresa. Normalmente, luego de un año de trabajo, se concede al trabajador algunos días libres.

¿Por qué las vacaciones se pueden sustituir por una compensación económica?

Las vacaciones no se pueden sustituir por una compensación económica, se han de disfrutar dentro del año natural, si no las pierde. Esto no quiere decir que las vacaciones no se cobren, sino que el tiempo que está dedicando a disfrutar de su familia, viajes o cualquier actividad de ocio, está cobrando como si estuviera trabajando.

¿Cómo se puede suspender las vacaciones del trabajador?

Al estar de baja, la empresa tendrá que suspender las vacaciones del trabajador. Este periodo se considera como una incapacidad temporal, por lo que se percibirá el 100% del salario. Una vez se recupere el empleado, podrá volver a negociar con la empresa cuándo coger los días de vacaciones que aún le quedan.