¿Cuántos alcaldes hay en Bolivia?
Sistema electoral
Autoridades | Chuquisaca | Beni |
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Alcaldes | 29 | 19 |
Concejales | 165 | 117 |
¿Cuántos municipios hay en cada departamento de Bolivia?
Municipios de Bolivia
Municipio | |
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Localizados en | Provincias |
Datos estadísticos | |
Número actual | 340 |
Gobierno | Alcaldía municipal Concejo municipal |
¿Qué es el alcalde de una ciudad?
Un alcalde (árabe clásico, قاضي qāḍī < árabe hispano, قاضي alqáḍi: juez) (en femenino, alcaldesa) o presidente municipal o intendente es un cargo público que se encuentra al frente de la administración pública de una ciudad, municipio o pueblo. El alcalde puede ser reelegido en la mayoría de los países.
¿Cuántos gobiernos departamentales hay en Bolivia?
Los Gobernadores departamentales de Bolivia son las Máximas Autoridades Ejecutivas de los Órganos Ejecutivos de cada uno de los 9 departamentos (Entidades Territoriales Autónomas de mayor rango) que componen a Bolivia. El gobierno del departamento reside en el gobernador (hasta 2010 llamado prefecto).
¿Qué hace el alcalde de una ciudad?
El Alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio.
¿Qué es ser un alcalde?
La noción de alcalde se emplea con referencia al cargo que ocupa la máxima autoridad de un municipio o ayuntamiento. El alcalde, de este modo, es el funcionario público de mayor rango en una administración municipal.
¿Qué son los gobiernos departamentales en Bolivia?
En Bolivia, los departamentos son las entidades territoriales subnacionales mayores del país en las que se subdivide el territorio del Estado. Desde el 4 de abril de 2010, cuentan con autonomía reconocida por la constitución a nivel ejecutivo y legislativo pero no judicial.
¿Cómo está constituido el gobierno departamental en Bolivia?
El gobierno autónomo departamental está constituido por dos órganos: 2. Un Órgano Ejecutivo, presidido por una Gobernadora o Gobernador e integrado además por autoridades departamentales…”. Que, el Art.