¿Cuánto tiempo se guardan las vacaciones estando de baja?
Pese a haber estado de baja se aseguran los mismos días vacacionales. Por lo general, se generan 2,5 días por mes trabajado. El trabajador que esté de baja generará los mismos días de vacaciones que un empleado que trabaje.
¿Qué pasa si me pongo malo estando de vacaciones?
Dicho de otra forma, si tienes un accidente de vacaciones y necesitas la baja laboral, esos días no se descontarán de tus vacaciones porque estarás de baja. Una vez te recuperes, podrás disfrutarlos, incluso si ya ha terminado el año natural. El único límite es que debes hacerlo en un plazo máximo de 18 meses.
¿Qué pasa con las vacaciones sí estoy un año de baja?
El trabajador no pierde el derecho a esos días de vacaciones que no ha podido disfrutar por haber estado de baja laboral. Y tendrá derecho a recuperar esos días, siempre y cuando haya sido dado de baja médica, no es válido simplemente con que le trabajador se encuentre enfermo.
¿Por qué las vacaciones se pierden cuando se prescriben las vacaciones?
Las vacaciones se pierden cuando prescriben. Sea lo primero afirmar que las vacaciones se pierden únicamente cuando no se ejerce el derecho a ellas y ese derecho prescribe. Las vacaciones laborales no se pierden porque el trabajador haya sido despido con justa causa, o porque haya cometido un ilícito, o porque haya abandonado, el cargo.
¿Cuándo se causan las vacaciones laborales?
Vacaciones laborales ¿Cuándo se causan y se otorgan?. El trabajador tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones. Así se causan, se otorgan y se pagan.
¿Cuánto tiempo trabajas en las vacaciones?
Debes tener en cuenta que a cada contrato se le aplica un convenio colectivo y que como establecen las leyes laborales, las vacaciones nunca podrán ser menos de 30 días naturales (festivos y domingos incluidos) por año trabajado. Es decir, 2,5 días por mes.
¿Cuándo pierdes tus vacaciones retribuidas?
En ese caso el trabajador no pierde sus vacaciones retribuidas. Si ese es tu caso, tienes la posibilidad de usarlas incluso después de que el año natural haya terminado, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del mes en el que se originaron (recuerda que cada mes generas 2,5 días de vacaciones).