¿Cuánto gana un patrón de barco en España?
El sueldo es de 100.000 euros mínimo al año, una nómina que supera a la del presidente del Gobierno, que se encuentra en torno a los 85.000 euros. También hay que tener en cuenta los días a trabajar: entre 3 y 6 meses puede pasar un patrón embarcado.
¿Cuánto cuesta curso PER?
El precio de un curso y prácticas de PER es muy variable. Hay opciones desde 400 euros hasta casi 2.000 euros. La diferencia depende de la zona, de la modalidad de curso, el realizar o no las prácticas opcionales y la calidad de la escuela.
¿Quién expide la licencia de navegacion?
Documento integrado, expedido por la administración marítima española a las embarcaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 1435/2010 de 5 de noviembre.
¿Cómo canjear un título de navegación?
En el momento de renovarlo, deberás realizar 4 horas de prácticas y podrás canjearlo por la Licencia de Navegación. Si tienes un título antiguo, puedes seguir utilizándolo o bien canjearlo por uno de los nuevos según las equivalencias expresadas en el Real Decreto (ver Disposición Adicional Sexta y ANEXO I).
¿Cómo obtener información sobre las nuevas titulaciones náuticas?
Este resumen de las nuevas titulaciones náuticas se ofrece como guía de consulta general. Si quieres ampliar información sobre el los contenidos de los cursos, cómo certificar prácticas o cursos ya realizados, etc., por favor, dirígete a una escuela náutica o a tu federación náutica. Exámen oficial y reconocimiento psicofísico.
¿Qué puedo hacer si perdí mi título?
¿Qué puedo hacer si perdí mi título? Lo primero que tienes que hacer es saber de dónde proviene tu título, es decir, qué departamento estatal te lo envió, ya que no podrás pedir un título extraviado al DMV de California si tu título original fue emitido por el DMV de Nueva York.
¿Qué tipo de embarcaciones puedes llevar sin permiso de navegación?
A lo mejor te conviene saber que hay embarcaciones que puedes llevar sin necesidad de tener un permiso de navegación: las embarcaciones de motor que no pasen de 10 Kw. de potencia y que como máximo tengan 4 metros de eslora, las embarcaciones de vela de hasta 5 metros de eslora y las embarcaciones de playa y objetos flotantes.