¿Cuál es el objeto del proceso contencioso administrativo?
El objeto del proceso contencioso-administrativo es la pretensión procesal administrativa: una petición realizada por un sujeto y dirigida a un juez a fin de que una entidad de la administración pública le satisfaga un interés legítimo o un derecho subjetivo reconocido por el ordenamiento jurídico.
¿Cuándo procede la demanda contencioso administrativo?
«El juicio contencioso administrativo sólo procede en cuestiones anteriormente resueltas por el gobierno, sin cuya circunstancia no son admisibles».
¿Cuándo se aplica el juicio contencioso administrativo?
– El juicio contencioso administrativo federal, procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
¿Cuál es el texto de la Ley N° 27584?
Apruébase el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, que consta de siete (7) capítulos, cuarenta y nueve (49) artículos, siete (7) disposiciones complementarias finales, una (1) disposición complementaria modificatoria, y dos (2) disposiciones complementarias derogatorias. Artículo 2.-.
¿Qué son los principios del proceso contencioso administrativo?
Principios El proceso contencioso administrativo se rige por los principios que se enumeran a continuación y por los del derecho procesal, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los principios del derecho procesal civil en los casos en que sea compatible: 1. Principio de integración.-
¿Cuáles son las pretensiones para el proceso contencioso administrativo?
En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente: 1. La declaración de nulidad, total o parcial o ineficacia de actos administrativos. 2. El reconocimiento o restablecimiento del derecho o interés jurídicamente tutelado y la adopción de las medidas o actos necesarios para tales fines.
¿Qué es la acción contencioso administrativa prevista en la Constitución Política?
La acción contencioso administrativa prevista en el Artículo 148 de la Constitución Política tiene por finalidad el control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la administración pública sujetas al derecho administrativo y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados.