¿Cuál es el objetivo de las sociedades de capital?
Se llaman sociedades de capital aquellas sociedades en las que lo que importa son los aportes económicos, las acciones y no las personas. Para este tipo de sociedades no importa en manos de quien están sus acciones, pues son impersonales. Existen diversos tipos de sociedades de capital, a saber: Sociedad anónima.
¿Qué quiere decir que es una sociedad de capital?
Merc. Sociedad mercantil en la que las aportaciones de los socios se reflejan en una cifra estatutaria, denominada capital, que determina su posición relativa en la sociedad y constituye el elemento nuclear sobre el que se construye su régimen jurídico.
¿Qué tipos de sociedad hay?
Los 7 tipos de sociedades mercantiles en México
- Sociedad en nombre colectivo.
- Sociedad en comandita simple.
- Sociedad de responsabilidad limitada.
- Sociedad anónima.
- Sociedad en comandita por acciones.
- Sociedad cooperativa.
- Sociedad por acciones simplificada.
¿Cómo diferenciar una sociedad de otra?
Desde las primeras formulaciones, la diferencia entre sociedades de personas y corporaciones se ha visto en la “autonomía” o independencia de la organización respecto de los individuos que la forman (socios o miembros), esto es, en la “fungibilidad” de las posiciones de socio.
¿Qué significa una sociedad de capital?
Una sociedad de capital constituye una persona jurídica, lo que significa que tiene personalidad propia al margen de sus socios.
¿Qué es el capital en la sociedad anónima?
El capital es el elemento esencial de la sociedad anónima, al punto que toda su regulación opera en torno a este concepto.
¿Qué es la responsabilidad de una sociedad de capital?
En su calidad de persona jurídica, una sociedad de capital responde ante posibles deudas únicamente con su propio patrimonio, es decir, la responsabilidad se limita a la propia sociedad, es decir, a las aportaciones (acciones, capital social) y no a los bienes privativos de cada socio.
¿Cómo se forma el capital social?
El capital social se forma mediante la aportación de bienes y derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica, trátese de dinero o de aportaciones no dinerarias. Pueden ser aportadas prestaciones accesorias de contenido distinto, pero no integran el capital.