¿Qué dice el artículo 130?
Artículo 130.- El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley. Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados.
¿Qué consecuencias tuvo Está reforma al artículo 130?
Como puede observarse, la reforma al artículo 130 flexibilizó la separación iglesia–Estado. El hecho de otorgarles personalidad jurídica a las iglesias, implica el reconocimiento de derechos, entre ellos el de asociarse para objetivos distintos, como puede ser la filantropía o la formación de asociaciones civiles.
¿Qué derecho o garantia individual protegen estás medidas del artículo 130?
El contenido de este artículo es: 1) La protección al derecho de libertad religiosa en su dimensión colectiva, o sea de las asociaciones religiosas denominadas Iglesias. 2) El principio de separación que rige las relaciones entre el Estado y las Iglesias. 3) El principio de la igualdad ante la ley de las Iglesias.
¿Qué cambios fueron realizados a la Constitución Política Mexicana en los años 1993?
Entre las reformas constitucionales de 1993 sobresale la estipula- ción, en el artículo 3, del carácter obligatorio de la educación secun- daria, y la participación de gobiernos estatales y sectores sociales en la elaboración de los planes y programas de estudio para la educación primaria, secundaria y normal para toda …
¿Cuántas veces se ha modificado la Constitución de 1917?
Desde 1917 hasta la fecha, nuestra Constitución han sido reformada en 707 ocasiones, a través de 233 decretos aprobados por el Constituyente Permanente, haciendo de la Constitución Política de México una de las más reformadas en todo el mundo, señala una investigación elaborada por la Dirección General de Difusión y …
¿Qué dice el artículo 35 de la Constitución mexicana?
De conformidad con lo establecido en l artículo 35 de la Constitución Federal, son prerrogativas de los ciudadanos, las siguientes: I. Votar en las elecciones populares; Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley.