Quien propone las medidas cautelares?

¿Quién propone las medidas cautelares?

El Órgano Jurisdiccional, podrá imponer medidas cautelares a petición del Ministerio Público o de la víctima u ofendido (artículo 154 del Código Nacional de Procedimientos Penales «de la procedencia»). Las partes podrán ofrecer pruebas para analizar la procedencia de la medida solicitada.

¿Qué es medida cautelar en España?

Las medidas cautelares son aquellas que pueden ordenar los jueces con el objetivo de evitar todo riesgo que pudiera impedir el desarrollo adecuado del proceso. Las medidas cautelares sirven para evitar todo riesgo que pudiera impedir el desarrollo adecuado del proceso.

¿Cuándo se pueden pedir las medidas cautelares?

Las medidas cautelares deberán solicitarse junto con la demanda principal o bien antes de la demanda si se acreditan razones de urgencia o necesidad.

¿Cómo se acordarán las medidas cautelares?

Tales medidas se acordarán mediante auto y se formalizarán en pieza separada. 2. A estos efectos se aplicarán las normas sobre contenido, presupuestos y caución sustitutoria de las medidas cautelares establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Qué son las medidas cautelares judiciales?

Una cosa son las medidas cautelares (a veces «medidas provisionales») que pueden ser acordadas por la propia Administración en el seno de un procedimiento (administrativo), y otra bien distinta las medidas cautelares judiciales que pueden ser acordadas en el seno de un proceso (contencioso-administrativo).

¿Qué son las medidas cautelares o provisionales?

Podemos definir las medidas cautelares o provisionales como aquellas que adopta el órgano judicial o administrativo competente con el fin de asegurar la eficacia de la resolución que pueda recaer en el procedimiento judicial o administrativo.

¿Qué es la adopción de medidas cautelares?

Las medidas anteriores, una vez adoptadas, llevarán consigo la retirada de los documentos respectivos y su comunicación a los organismos administrativos correspondientes. El artículo 764 hace referencia a la adopción de medidas cautelares por parte del Juez o Tribunal en el procedimiento abreviado.