¿Cómo se determina la compensación económica?
«para determinar el monto de la compensación económica, ha de considerarse la vida en común que tuvieron, la situación patrimonial del cónyuge demandante, especialmente el trabajo remunerado constante y que el padre tiene a su cargo el cuidado de los hijos por resolución judicial, desde que se produjo la separación.
¿Cuándo se pide compensación económica en un divorcio?
“La compensación económica es el derecho que nace tras la nulidad y el divorcio y que asiste al cónyuge mas débil, que por dedicarse al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar, no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio o lo hizo en menor medida de lo que podía y …
¿Cómo hacer capitulaciones unión libre Colombia?
Esas capitulaciones se firman de forma voluntaria por la pareja cuando no quieren que los bienes que cada uno aporta a la unión hagan parte de la sociedad patrimonial para que cada quien se quede con lo suyo. Para firmar esas capitulaciones el acuerdo en la pareja debe ser expreso, libre y voluntario.
¿Es necesario contraer matrimonio en el Distrito Federal?
Esta disposición reafirma que las leyes del Distrito Federal sólo reconocen el matrimonio celebrado ante autoridades civiles. Establece el artículo 148: Para contraer matrimonio es necesario que ambos contrayentes sean mayores de edad.
¿Cuál es la definición de matrimonio?
Por último, la definición de matrimonio incluye la necesaria formalidad ¿o solemnidad? del acto ante el juez del registro civil con la satisfacción de los requisitos que la ley exige. Esta disposición reafirma que las leyes del Distrito Federal sólo reconocen el matrimonio celebrado ante autoridades civiles.
¿Cuál es la justificación a la definición actual de matrimonio?
La justificación a la definición actual de matrimonio podríamos encontrarla en la intención del legislador de dejar claro el tipo de uniones personales de convivencia a los que la ley quiere reconocer el rango de matrimonio.
¿Qué es el impedimento para celebrar un matrimonio?
IMPEDIMENTOS La fracción XVIII del artículo 156 considera como impedimento para celebrar matrimonio, la impotencia incurable para la cópula, pero éste es dispensable si el padecimiento es conocido y aceptado por el otro contrayente.