¿Cómo se crea la jurisprudencia 2021?
El pasado 11 de marzo de 2021, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, destacándose la adición de un párrafo décimo segundo al artículo 94 de ésta, donde se crea una nueva forma de crear jurisprudencia; jurisprudencia por …
¿Qué es la jurisprudencia aplicable?
En el caso de México, la jurisprudencia judicial es la interpretación de la ley, firme, reiterada y de observancia obligatoria, que emana de las ejecutorias pronunciadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en pleno o por salas, y por los Tribunales Colegiados de Circuito. …
¿Cuántas formas de jurisprudencia se pueden generar?
En este sentido, existen en nuestro país dos tipos de jurisprudencia judicial, la obligatoria y la no obligatoria u orientadora de acuerdo al carácter de la misma. La Constitución o la Ley determinan los casos, requisitos, condiciones y alcances de dicha obligatoriedad.
¿Cómo se forma la jurisprudencia por precedentes obligatorios?
Las razones que justifiquen las decisiones contenidas en las sentencias que dicten las salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, constituyen precedentes obligatorios para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas cuando sean tomadas por mayoría de cuatro votos.
¿Cuándo entra en vigor la jurisprudencia?
sostiene que la jurisprudencia es de aplicación obligatoria a partir del lunes hábil siguiente al día en que la tesis respectiva sea ingresada al Semanario Judicial de la Federación, en la inteligencia de que si el lunes respectivo es inhábil, entonces será de aplicación obligatoria a partir del día hábil siguiente.
¿Cómo se crea la jurisprudencia por contradicción de tesis?
“CONTRADICCIÓN DE TESIS. EXISTE CUANDO LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN O LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO ADOPTAN EN SUS SENTENCIAS CRITERIOS JURÍDICOS DISCREPANTES SOBRE UN MISMO PUNTO DE DERECHO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LAS CUESTIONES FÁCTICAS QUE LO RODEAN NO SEAN EXACTAMENTE IGUALES.
¿Cuando una jurisprudencia no es obligatoria?
El artículo 194 de la Ley de Amparo estipula que la jurisprudencia se interrumpe y deja de tener el carácter de obligatoria siempre que se pronuncie una ejecutoria en contrario, la cual al ser aprobada llene el requisito de votación exigido a las que sirvieron para integrar dicha jurisprudencia, lo que resulta lógico.