Como se calcula la pension alimenticia?

¿Cómo se calcula la pensión alimenticia?

Según la ley de pensiones de alimentos, para determinar cómo se calcula el monto de la pensión alimenticia, lo primero que hay que saber es que por ley existe un mínimo y un máximo que puede ser pagado por el alimentante al alimentario. Luego, hay que distinguir si la persona demandada por pensión de alimentos tiene un hijo o más:

¿Cómo funciona la reajustabilidad de la pensión alimenticia?

Es muy importante tener en cuenta que la reajustabilidad de la pensión alimenticia no opera en forma automática, sino que debe ser solicitada al Tribunal. Será, entonces, el Tribunal respectivo el que ordenará reliquidar la pensión alimenticia a solicitud de la persona que la recibe.

¿Cuál es el monto mínimo de una pensión alimenticia?

Así, se presume que el alimentante (que es quien debe los alimentos) tiene los medios para otorgarlos. Por ello, el monto mínimo de la pensión de una pensión alimenticia no puede ser inferior a un 40% de un Ingreso Mínimo Remuneracional, tratándose de un niño. Si son dos o más, este monto no puede ser inferior al 30% por cada uno de ellos.

¿Cuál es el monto mínimo de pensión alimenticia para su hijo Gabriel?

Como vimos, esto no significa que Roberto no deba pagar pensión alimenticia, si no que el Tribunal realizará el siguiente cálculo a fin de determinar el monto de la pensión: Ingreso Mínimo Remuneracional actual: $210.000 Esto significa que Roberto deberá pagar, como mínimo, $84.000 de pensión alimenticia para la manutención de su hijo Gabriel.

¿Cómo se calcula a pensión alimenticia? El monto mínimo para dar una pensión de alimentos es de 15% de las percepciones del tutor. Esta cifra es por hijo. Sin embargo, un juez puede hacer un cálculo económico dependiendo de cada situación y se basará en los siguientes conceptos: Zona donde habita la pareja demandada.

¿Cuál es la pensión alimenticia mínima para los hijos?

¿Cuál es la pensión alimenticia mínima para los hijos? El monto mínimo establecido por la ley es un 40% de un sueldo mínimo en el caso de que sea un solo hijo , o 30 % por ciento por cada uno si son dos o más.

¿Cómo calcular la pensión de los hijos?

El Consejo General del Poder Judicial ha publicado unas tablas orientadoras para calcular la pensión de alimentos de los hijos en procesos de familia. Se pone a disposición de Jueces, abogados y ciudadanos en general una aplicación online para efectuar el cálculo de forma sencilla.

¿Cuáles son los ingresos de una pensión alimenticia?

Uno de los factores importante para calcular el monto de una pensión alimenticia es saber cuáles son los ingresos del demandado, en palabras simples, cuánto gana. Estos ingresos pueden ser, por ejemplo: Sueldo. Dividendos de alguna sociedad. Arriendo de propiedades.

¿Quién puede pedir una pensión alimenticia?

La persona que tenga la patria potestad del hijo o hija puede pedir una pensión alimenticia a partir de una denuncia en un juzgado de familia. No en todos los casos la madre o el padre es quien denuncia, pues hay veces que la patria potestad se le queda a un tutor legal u otro familiar, como abuelos o tíos.

¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos no incluye los gastos extraordinarios. Ahora bien, no existe un criterio unánime de los Juzgados que sirva para calcular la pensión de alimentos. El Juez analiza cada caso concreto para determinar la cantidad que se abonará a los hijos en concepto de pensión de alimentos.

¿Cómo se debe abonar la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia se debe abonar cada mes (incluyendo aquellos en los que el niño esté con el progenitor que paga la pensión), hasta que el menor cumpla los 18 años o también puede que se tenga que seguir pagando si una vez, siendo mayor de edad, el hijo no tiene ingresos y depende de sus padres.

¿Quién debe juzgar la pensión alimenticia?

La pensión de alimenticia es un asunto que deben juzgar las autoridades estatales, sin embargo, el procedimiento pronto se regirá por una Ley Nacional, ya que ahora es facultad exclusiva del Congreso de la Unión (cámaras de diputados y senadores federales) legislar en procedimientos de materia familiar.

¿Qué es el derecho a la pensión alimenticia?

Derecho de Familia. La pensión alimenticia o pensión de alimentos, también denominada jurídicamente como el derecho a alimentos, es un derecho recíproco, lo que significa que quien tiene obligación de darlos, tiene derecho a recibirlos y es resultado del parentesco consanguíneo, con excepción del que existe entre cónyuges y excónyuges.

¿Cuál es el monto mínimo de la pensión de alimentos?

Si tiene dos o más hijos: en este caso, el monto mínimo que por ley debe pagar por concepto de pensión de alimentos corresponde a un 30% de un ingreso mínimo remuneracional por hijo. En ambos casos, la pensión de alimentos no podrá exceder el 50% del ingreso del demandado.

¿Quién es el obligado a pagar la pensión de alimentos?

Ahora bien, para saber quién es el obligado al pago de la pensión debemos atender al tipo de custodia de los hijos: Custodia monoparental, individual o exclusiva: si la custodia de los hijos se atribuye a uno de los padres, el otro progenitor será el obligado a pagar la pensión de alimentos.

¿Quién debe recibir la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia puede ser pedida por la persona interesada en recibirla, el progenitor o ascendiente que tenga a quien debe recibir la pensión alimenticia bajo su patria potestad, el tutor legal, hermanos y demás parientes colaterales, y en última instancia el Ministerio Público.

¿Cómo dejar de pagar la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia no puede dejar de pagarse voluntariamente. Esto significa que si en un momento dado el obligado a pagar la pensión alimenticia sufre una mala situación que hace insostenible el pago la pensión acordada o impuesta tendría que acudir a los tribunales para solicitar una modificación de medidas definitivas.

¿Cómo se puede modificar la pensión de alimentos?

No hay nada definitivo. Una vez asignada la pensión de alimentos por un juez, ésta podría verse alterada por tres circunstancias, sometiéndose, así, a posibles modificaciones. — Si el progenitor que abona la pensión demuestra que ha cambiado su situación económica y no tiene los mismos recursos que cuando se divorció.