¿Cuándo se firman las capitulaciones?
Las capitulaciones se deben hacer antes de celebrarse el matrimonio o de cumplirse dos años de una unión marital de hecho (unión libre), y debe existir mutuo acuerdo entre la pareja. Al momento de efectuarlas, deberán presentarse ante un notario para firmarlas por medio de una escritura pública.
¿Cuánto cuesta hacer las capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones sirven para determinar qué bienes van o no a ingresar a la sociedad conyugal y le podrían evitar un largo proceso jurídico en caso de una disolución de la sociedad. Se hace mediante escritura pública ante un notario, cuando no se incluyen bienes, puede costar unos 120 mil pesos.
¿Qué pasa si no se firman capitulaciones?
¿Qué pasa si no se realizan las capitulaciones? Se realizará la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho.
¿Cuándo podrán establecer los acuerdos matrimoniales?
El momento para formalizar los acuerdos matrimoniales puede ser tanto antes del matrimonio como durante el mismo. Es más, estas serán siempre modificables –obviamente siempre y cuando haya acuerdo entre ambos–. Cuándo establecer los acuerdos: las capitulaciones matrimoniales se podrán hacer antes o después del matrimonio… aunque lo suyo es antes.
¿Cuál es el formato de un contrato matrimonial?
Por ejemplo, la potestad doméstica o los pagos conjuntos de gastos. Las cláusulas de este tipo de contratos se suelen pautar por parte de ambos involucrados, por lo que tienen que estar en mutuo acuerdo para poder llevarlo a cabo. El contrato matrimonio no tiene un formato fijo. Todo dependerá de lo que se quiera lograr con el mismo.
¿Cómo se puede acordar el régimen económico del matrimonio?
También se puede acordar en el caso de que el régimen económico del matrimonio sea el de bienes gananciales, la realización de capitulaciones matrimoniales y la liquidación de dicho régimen produciéndose, por lo tanto, un reparto de los bienes en caso de separación matrimonial.
¿Cómo debe realizarse el contrato de matrimonio?
Los contratos de matrimonio tienen que realizarse por escrito y siempre ante un notario o abogado profesional. Los dos involucrados tienen que poner su firma y tener a un testigo de cada parte que también lo haga. Así, habrá una constancia de que el acuerdo fue firmado y ambos estaban conscientes de ello.