¿Qué derechos tiene un trabajador cuando fallece?
Vacaciones y prima vacacional en caso haberlas generado y no se le hubieran pagado; Aguinaldo en caso haberlas generado y no se le hubieran pagado; El pago de los salarios devengados y no cubiertos; El pago de la Prima de Antigüedad de conformidad con lo que marca el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Quién cobra la indemnización por fallecimiento?
La indemnización por fallecimiento se encuentra regulada en el artículo 248 de la LCT. Allí principalmente se establece como beneficiario del crédito a: la viuda y/o la conviviente en concurrencia con los hijos o hijas solteros y las hijas viudas, en estos últimos casos hasta los 18 años de edad.
¿Cuál es la causa legal de la muerte del trabajador?
Fallecimiento del trabajador termina el contrato de trabajo. La muerte del trabajador es una causa legal que termina el contrato de trabajo, que de forma expresa contempla el artículo 61 del código sustantivo del trabajo. Terminación del contrato de trabajo.
¿Cómo debe proceder el trabajador cuando muere?
Cuando muere un trabajador no siempre se tiene clara la forma en que debe proceder el empleador, especialmente respecto al pago de los salarios y prestaciones sociales que quedaron causados al momento del fallecimiento. Fallecimiento del trabajador termina el contrato de trabajo.
¿Cómo funciona la terminación del contrato de trabajo por muerte del trabajador?
La terminación del contrato de trabajo por muerte del trabajador opera de forma automática, como lo resalta la sala laboral de la Corte suprema de justicia en sentencia 38522 del 25 de mayo de 2010 con ponencia del magistrado Gustavo Gnecco, donde resalta tres características de esta causal: Se produce ipso jure.
¿Qué es el auxilio de cesantía en caso de muerte del trabajador?
«El auxilio de cesantía en caso de muerte del trabajador no excluye el seguro de vida obligatorio y cuando aquél no exceda del equivalente a cincuenta (50) veces el salario mínimo mensual más alto, se pagara directamente por el empleador de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo.»