Cual es la posibilidad de que se pueda reclamar la pension de alimentos?

¿Cuál es la posibilidad de que se pueda reclamar la pensión de alimentos?

Ahora bien, una vez obtenida la sentencia de extinción o reducción de la pensión de alimentos ¿cabe la posibilidad de que se pueda reclamar la pensión de alimentos recibida indebidamente por los hijos mayores de edad? La respuesta ha de ser SÍ, si bien debemos de tener en cuenta varias cosas:

¿Cómo puede hacerse la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia puede hacerse en efectivo, en especie o de forma combinada, en virtud de que no existe disposición legal que restrinja al deudor alimentario a cumplir con su obligación únicamente a través del pago de una cantidad en efectivo.

¿Cómo Renunciar a la pensión de alimentos?

Aun así, de inicio, debes saber que no se puede renunciar a la pensión de alimentos. Es una obligación esencial propia de la condición de ser padre o madre de los hijos menores. Por decirlo claro, el alimentar a los hijos menores es la obligación fundamental de todo padre o madre por el simple hecho de serlo.

¿Qué es el plazo para reclamar las actualizaciones de la pensión de alimentos?

El plazo de prescripción para reclamar las actualizaciones de la pensión de alimentos es de cinco años desde que se reclamen judicialmente. En esta entrada vamos a hablar sobre la procedencia y plazo para reclamar las actualizaciones de la pensión de alimentos.

¿Cómo reclamar la pensión alimenticia por vía penal?

Si se cumplen estos requisitos, se puede reclamar la pensión alimenticia por vía penal y acusar al progenitor que está obligado al pago de haber cometido un delito o una falta. En este caso, hay que presentar una denuncia, bien sea ante la Guardia Civil o Policía Nacional, en el propio juzgado o en la Fiscalía.

¿Quién tiene derecho a una pensión alimenticia?

En este caso, al terminar la relación y alguno de sus integrantes carece de ingresos o bienes para su sostenimiento, tiene derecho a una pensión alimenticia por un tiempo igual al que haya durado la relación. El Juez tomará en cuenta las circunstancias del caso y podrá aumentar, disminuir o cancelar la obligación de dar alimentos.

¿Por qué no abonar la pensión alimenticia?

El problema se complica si el deudor no dispone de salario ni tiene capacidad económica alguna, ya que, como es obvio, hasta que no disponga de bienes no se le puede embargar nada. No abonar la pensión alimenticia, o no pagarla en su totalidad, puede ser constitutivo de delito que está tipificado en el artículo 227.1 del Código Penal.