¿Cuando se tiene que pagar el impuesto de sucesiones?
El periodo para abonar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento. Existe la posibilidad de prorrogar el abono del impuesto seis meses más, siempre que esta se solicite dentro de los cinco primeros meses.
¿Cómo funciona una sucesión?
La sucesión testamentaria contiene la última voluntad de la persona fallecida, donde dispone en vida la forma en que van a disponer de sus bienes a su muerte. El heredero es quien hereda a título universal todos los bienes del finado. El legatario se queda con el bien asignado por el testador.
¿Quién puede iniciar el trámite de sucesión?
Quién puede iniciar el trámite de sucesión? Cualquiera de los herederos puede acudir por intermedio de un abogado, ante la notaría para hacer la solicitud o ante un Juez de Familia para presentar la demanda de sucesión. ¿Cuál es el tiempo máximo para hacer la sucesión?
¿Cuál es la duración de la sucesión por trámite judicial?
La sucesión por trámite notarial tiene una duración aproximada de 3 meses. La sucesión por trámite judicial tiene una duración aproximada de un año, pero cada caso presenta particularidades que pueden hacer el proceso más rápido o demorado.
¿Cómo puedo presentar la demanda de sucesión?
La otra mitad de los bienes comunes es objeto de sucesión y será distribuida en partes iguales entre los herederos de acuerdo al orden sucesoral. Cualquiera de los herederos puede acudir por intermedio de un abogado, ante la notaría para hacer la solicitud o ante un Juez de Familia para presentar la demanda de sucesión.
¿Cómo se hace la solicitud de sucesión con documentos anexos?
Una vez presentada la solicitud de sucesión con los documentos anexos, se procede por parte del Notario a la elaboración de un acta de aceptación para el inicio de la sucesión. Posteriormente se expide un edicto emplazatorio que se fija por un término de diez (10) días en la secretaria de la Notaria.