Cual es el contratante?

¿Cuál es el contratante?

El contratante es la persona que contrata el seguro y paga las primas de éste. Si contratas un seguro para ti mismo, serás a la vez contratante y asegurado, pero no siempre el contratante y el asegurado son la misma persona.

¿Qué es un contratante de obra?

Cuando en un contrato por prestación de servicios hay dos protagonistas: el contratante y el contratista. El primero es el que toma la iniciativa de requerir un servicio externo a su propia actividad. Y el segundo, es el que presta dicho servicio tras haber recidido el correspondiente encargo.

¿Cómo se llama el que contrata al contratista?

Contratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato.

¿Quién es el proponente en un contrato de seguro?

Proponente Es la persona que propone la transferencia de su riesgo. Es el trámite que realiza(n) el Asegurado o su(s) Beneficiario(s) ante la Compañía Aseguradora, para obtener los beneficios contratados en su Póliza, al suceder un siniestro establecido en sus Condiciones Generales.

¿Quién es el dueño de la obra?

Dueño de la obra: el que percibe o se aprovecha de las obras realizadas (o comitente en la terminología que utiliza el Código Civil aunque el artículo 1546 CC lo denomine como arrendatario).

¿Cuáles son las responsabilidades de un contratista?

Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de seguridad y salud. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra.

¿Qué es un contratista del Estado?

En otras palabras, en este evento, se repite, el contratista se constituye en un colaborador de la entidad estatal con la que celebra el contrato administrativo para la realización de actividades que propenden por la utilidad pública, pero no en calidad de delegatario o depositario de sus funciones.

¿Qué es un contratista y ejemplos?

Un contratista es la persona o empresa que es contratada por otra organización o particular, para la construcción de un edificio, carretera, instalación o algún trabajo especial.

¿Qué tipo de contrato es el de seguro?

El contrato de seguro es consensual; los derechos y obligaciones recíprocos del asegurador y asegurado, empiezan desde que se ha celebrado la convención, aun antes de emitirse la póliza. La propuesta del contrato de seguro, cualquiera sea su forma, no obliga al asegurado ni al asegurador.

¿Qué tipo de contrato es una póliza de seguro?

El contrato de seguro es el acuerdo por el cual el asegurador, se obliga a resarcir de un daño o a pagar una suma de dinero a la otra parte, tomador, al verificarse la eventualidad prevista en el contrato, a cambio del pago de un precio, denominado prima, por el tomador.

¿Qué es un contratista?

Definición de Contratista. El término contratista es muy frecuente en el contexto de las relaciones laborales. Cuando en un contrato por prestación de servicios hay dos protagonistas: el contratante y el contratista. El primero es el que toma la iniciativa de requerir un servicio externo a su propia actividad.

¿Quién es el contratista general?

Para ello, es común que el contratista se apoye en otras personas u organizaciones para que realicen determinado tipo de trabajos especializados; a ellos se les llama subcontratistas y a él, contratista general .

¿Cómo se pone en contacto con un contratista general?

Cuando una organización quiere construir un edificio, se pone en contacto con un contratista general establecido, que se haga cargo de todos los trabajos. En la mayoría de los casos, la organización que funciona como cliente nunca tiene trato directo con los subcontratistas ni tiene que preocuparse por el proceso de construcción.

¿Cuál es la cuantía del contrato?

Los contratos cuya cuantía sea i gual o superior a la base prevista para la licitación se protocolizarán ante Notario Público. Los gastos derivados del otorgamiento del contrato son de cuenta del contratista.