¿Qué es el Derecho Penal tributario?
El Derecho Penal Tributario comprende el conjunto de normas jurídicas referentes a la tipificación de los ilícitos tributarios y a la regulación de sus sanciones.
¿Cómo se determina el ilícito administrativo tributario?
En materia de ilícitos tributarios administrativos la determinación es de naturaleza objetiva, a diferencia del delito tributario en donde tiene que probarse la intención del agente de infringir la ley tributaria con el fin de no pagar el tributo a través de maniobras dolosas.
¿Cuáles son los ilicitos formales?
Ilícito Formal: originados por incumplir deberes formales como no inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias, no emitir, o exigir facturas, no llevar libros o registros contables, proporcionar información parcial, insuficiente o errónea.
¿Qué es el derecho penal público?
El Derecho Penal es una parte del Derecho Público, protege las garantías individuales a través de la imposición de penas a quiénes realizan actos u omiten acciones establecidas en la ley. Utiliza conceptos como delito, pena, medidas de seguridad para determinar su acto de competencia.
¿Cómo se define la infracción tributaria en nuestro ordenamiento jurídico?
Concepto de infracción tributaria De acuerdo al Código Tributario, la infracción tributaria es toda acción u omisión que importe la violación de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en dicho Código o en otras leyes o decretos legislativos.
¿Cuáles son los casos ilicitos tributarios y cómo se sancionan?
Los ilícitos tributarios son aquellos actos u omisiones contrarios a la ley tributaria que por el sólo hecho de existir y perfeccionarse en la realidad, son sancionados conforme a ley. En otras palabras, son los actos ilegales que el Fisco sanciona por afectar la economía del Estado.
¿Qué es la facultad sancionadora de la Administración Tributaria?
La Administración Tributaria tiene como facultad discrecional de sancionar las infracciones tributarias cometidas por el deudor tributario. El Tribunal Constitucional menciona que la aplicación de una sanción administrativa constituye el ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración.