¿Qué edad tienes que tener para trabajar en un bar?
La ley federal establece que la edad mínima para trabajar en la mayoría de los puestos de trabajo, incluso como camarera, es de 14 años. Una vez que alcanzas la edad de 16 años, no existen restricciones federales que limiten la cantidad de horas a la semana o de horas que una camarera puede trabajar.
¿Qué debo hacer si quiero trabajar y soy menor de edad?
Requisitos:
- Acta de nacimiento y CURP.
- Comprobante de domicilio actualizado: Recibo de predial, agua, teléfono, luz o de renta.
- Identificación oficial del menor (Credencial escolar actualizada o pasaporte vigente), y del padre, madre o tutor legal.
- Constancia de estudios oficial, actualizada, firmada y sellada.
¿Qué dice la Ley Federal del trabajo sobre los menores de edad?
Artículo 177. – La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no podrá exceder de seis horas diarias y deberán dividirse en períodos máximos de tres horas. Entre los distintos períodos de la jornada, disfrutarán de reposos de una hora por lo menos.
¿Qué trabajos para jóvenes de 17 años se pueden hacer?
¿Qué trabajos para jóvenes de 17 años se pueden hacer? Teniendo 17 años, ya puedes empezar a solicitar trabajos para adolescentes más serios, como trabajos de verano o trabajos de fines de semana. Estos trabajos pueden ser en supermercados, panaderías, restaurantes…
¿Cómo se puede trabajar con 16 años en España?
En España ya se puede trabajar con 16 años de manera legal, así que si estás aquí, ¡seguramente ya entres en ese grupo de personas que puede buscar trabajos para jóvenes de 17 años!
¿Qué tipo de trabajo pueden realizar las personas de 17 años de edad?
De acuerdo con la Ley de Normas Razonables de Trabajo, las personas de 17 años de edad pueden realizar cualquier tipo de trabajo declarado no peligroso por la Secretaría del Departamento del Trabajo, y no están sujetos a las restricciones de horas.
¿Qué son las prohibiciones para los trabajadores menores de 18 años?
Los trabajadores menores de 18 años, están sometidos las siguientes prohibiciones: No podrán trabajar en determinadas actividades declaradas insalubres, penosas, nocivas o peligrosas tanto para su salud como para su formación profesional o humana.