¿Cuál es la compensación por los gastos propios del traslado?
El traslado, percibiendo una compensación por los gastos propios que se produzcan por este motivo, así como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convenga entre las partes, que nunca podrá ser inferior a los mínimos establecidos en los convenios.
¿Qué debe hacer el empresario para llevar a cabo el traslado?
Cuando el empresario quiera llevar a cabo el traslado tendrá que notificártelo con una antelación de 30 días respecto de la fecha en la que tendrá que ser efectivo del desplazamiento. También está obligado a hacer dicha notificación a los representantes legales de los trabajadores en el mismo plazo.
¿Quién puede aceptar el traslado y la compensación económica?
El trabajador puede aceptar el traslado y percibir una compensación económica que cubra tanto los gastos personales como los de los familiares a su cargo, cuya cuantía no puede ser inferior a los mínimos establecidos en los convenios.
¿Cuál es la indemnización por traslado?
La indemnización por traslado depende de la decisión que tome el trabajador, o de la sentencia producida en determinados casos.
¿Qué procedimiento tiene que seguir el empresario para aplicar el traslado?
¿Qué procedimiento tiene que seguir el empresario para aplicar el traslado? El empresario está obligado a preavisarte con una antelación de 5 días en aquellos desplazamientos que tengan una duración prevista superior a los 3 meses.
¿Quién notificará a los trabajadores sobre el traslado?
Tras la finalización del período de consultas, el empresario notificará a los trabajadores su decisión sobre el traslado.
¿Cómo puede hacerse el traslado al nuevo centro de trabajo?
A su vez, el traslado de centro de trabajo puede hacerse a otro que implique la necesidad de cambiar de residencia para el trabajador; o que no entrañe esta necesidad. Por último, el traslado al nuevo centro de trabajo puede hacerse de modo definitivo o con carácter meramente temporal.