Cuando me jubilo si naci en el 58?

¿Cuando me jubilo si nací en el 58?

Nacidos en 1958, se jubilarán a los 66 años y 10 meses. Nacidos a partir de 1959 se jubilarán a los 67 años.

¿Cuándo se jubilan los nacidos en 1963?

Edad de jubilación para poder cobrar el 100% de la pensión

He nacido en… Me jubilo en… Cómputo para la pensión
1960 Junio 2027 25 años
1961 Junio 2028 25 años
1962 Junio 2029 25 años
1963 Junio 2030 25 años

¿Cómo optar por una jubilación a tiempo parcial?

Para optar por una jubilación a tiempo parcial, es decir, cuando se reduce la jornada, y evidentemente también el salario, entre un 25% y un 50%, es necesario cumplir con la edad legal. En concreto, esta tipología de retiro exige para 2020 haber cumplido los 65 años y 10 meses, si se han cotizado menos de 37 años.

¿Quién debe acogerse a esta jubilación?

Para poder acogerse a esta jubilación es necesario haber estado inscrito en las oficinas de la Seguridad Social como demandante de empleo al menos durante los últimos 6 meses. Por otro lado, deben tener 61 años o más y haber alcanzado el tiempo mínimo de cotización a la seguridad social que ahora es de 33 años.

¿Quién debe jubilarse en situación de desempleo?

Los trabajadores en situación de desempleo, a los que el SEPE haya contestado y que estén cobrando una prestación contributiva deberán jubilarse de manera anticipada cuando hayan alcanzado la edad mínima para ello. Desde la última reforma de las pensiones realizada por el Gobierno, la edad de jubilación se ha ampliado de los 65 a los 67 años.

¿Cómo elegir entre jubilación ordinaria o anticipada?

Habrá que decidir entre jubilación ordinaria o anticipada valorando la pensión a la que se tiene derecho en cada momento. Fotografía de un trabajador mayor que se queda en paro antes de los 65. Canva.