¿Cómo se da por terminada la relación laboral?
Artículo 44. – Cuando el contrato fuere por tiempo indeterminado, el trabajador podrá darlo por terminado avisando al empleador por escrito con quince días de anticipación.
¿Qué indemnización le corresponde a un trabajador?
Si se trata de un despido objetivo, le corresponden al trabajador 20 días de salario por año trabajado. En caso de que el despido sea disciplinario o se trate de un despido objetivo impugnado por el trabajador y declarado improcedente, la indemnización será de 45 o 33 días por año trabajado.
¿Qué significa una indemnización por despido?
La indemnización por despido es una compensación monetaria que la Empresa le hace al empleado, en caso de terminar el contrato laboral injustamente. El monto a recibir depende del salario actual, así como del tiempo que lleva el trabajador trabajando para el mismo empleador.
¿Quién puede dar por terminada la relación laboral?
El patrón o el trabajador pueden dar por terminada la relación laboral en cualquier tiempo por causa justificada, cuando el otro incumple con las obligaciones pactadas, esto es, cuando se dan las causas de rescisión previstas en la ley.
¿Cómo puede dar aviso al trabajador de la rescisión de la relación laboral?
El patrón puede dar aviso al trabajador de la rescisión de la relación laboral por escrito entregándolo personalmente al trabajador o bien por escrito solicitando la intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje. ¿En qué momento entrega el patrón al trabajador el aviso de rescisión de la relación laboral?
¿Qué obligaciones tiene el trabajador al terminar el contrato de trabajo?
Una de las obligaciones que surge para el empleador al terminar el contrato de trabajo, es comunicar al trabajador dicho t�rmino de contrato, mediante una carta que se entregar� personalmente o se remitir� por correo certificado.
¿Cuál es el fundamento de la terminación de las relaciones laborales?
La legislación laboral también señala los casos en que las relaciones laborales se pueden dar por terminadas, ello según lo establecido en los artículos 53 y 433 de la Ley Federal del Trabajo. La terminación individual de las relaciones de trabajo tiene como fundamento los artículos 53 al 55 de la ley laboral. El mutuo consentimiento de las partes.