Que pasa si no pago la prima?

¿Qué pasa si no pago la prima?

El empleador que no pague dentro de las fechas de pago las primas (30 de junio y los primeros 20 días de diciembre), incurre en las sanciones del artículo 65 del Código Laboral, como es el pago de un día de salario por cada día de retraso, el cual se iniciará su sanción desde el 1º de julio y el 21 de diciembre, fechas …

¿Cómo es el pago de la prima?

La prima de servicios está a cargo del empleador y corresponde a un salario mensual por cada año laborado en dos pagos, es decir, al pago de 15 días por semestre laborado. En otras palabras, el trabajador tiene derecho a medio sueldo, o proporcional si trabajó menos del semestre.

¿Qué pasa si no se paga la prima a tiempo 2021?

En las cuentas deberás incluir el auxilio de transporte o conectividad (en tiempos de COVID) a quienes menos de dos salarios mínimos.

¿Cuándo se debe pagar la prima?

La prima se debe pagar directamente al trabajador, bien puede ser junto con la quincena o mensualidad o en un pago aparte. La ley está dando un plazo preciso, que es el 30 de junio, lo que no hace con el salario, que puede ser en los primeros días del mes siguiente.

¿Cuándo se entregan las primas?

Es muy importante tener claro 3 aspectos: Primero: se entregan 2 primas en el año; la primera se debe entregar a más tardar el 30 de junio, y la segunda tiene como fecha máxime el 20 de diciembre. Segundo: la prima es proporcional por cualquier tiempo laborado en el semestre.

¿Qué pasa si la prima se paga el 20 de diciembre?

A pesar de que la prima se servicio se paga el 20 de diciembre, o antes, se debe liquidar hasta el 31 de diciembre, y si es el caso, se debe hacer algún ajuste si el salario base cambió entre el 20 y el 31 de diciembre. ¿Qué pasa si el empleador no paga la prima en los plazos fijados por la ley?

¿Cuál es el plazo máximo para la entrega de la prima?

En el primer semestre: el plazo máximo para la entrega es el último día del mes de junio. En el segundo semestre: el plazo máximo para la entrega es el día 20 del mes de diciembre. El artículo 307 del CST establece que la prima no es salario, ni se computará como factor del salario en ningún caso.