Cuando se hace efectiva la baja en la Seguridad Social?

¿Cuándo se hace efectiva la baja en la Seguridad Social?

Con carácter general, los efectos de las bajas: La baja del trabajador producirá efectos desde el cese en la prestación de los servicios por cuenta ajena, en la actividad por cuenta propia o, en su caso, en la situación determinante de su inclusión en el Régimen de que se trate.

¿Cómo comunicar una baja a la Seguridad Social?

Existe un teléfono específico de atención al usuario del Sistema RED : 901.50.20.50. Parte de baja: el trabajador deberá presentar a la empresa la copia del parte de baja destinada a ella, en el plazo de 3 días a partir de la fecha de su expedición.

¿Cómo se puede despedir a un empleado estando de baja?

La realidad es que sí que se puede despedir a un empleado estando de baja, pero hay que matizar esta afirmación. Se puede despedir a un trabajador en situación de incapacidad temporal pero siempre que la empresa acredite una razón válida para ese despido y no sea por la propia situación de baja.

¿Cuál es la fecha de la baja de trabajadores?

La Seguridad Social comunica que reconoce la baja el 08/05/2016 pero la fecha de efecto es la de 12/05/2016. Se trata por tanto de una baja presentada fuera de plazo, ya que desde el Real Decreto 708/2015, de 24 de Julio, el plazo para presentar la solicitud de baja de trabajadores se redujo a tres días.

¿Dónde comunicar las bajas a la Seguridad Social?

Desde el pasado 26 de julio 2015: plazo de 3 días para comunicar las bajas. De acuerdo con el Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, de desarrollo del sistema de liquidación directa de las cotizaciones a la Seguridad Social, los plazos para comunicar a la Seguridad Social las bajas y las variaciones (una variación de jornada del trabajador,

¿Qué puede reclamar la empresa al trabajador que presenta baja voluntaria?

En ocasiones la empresa adeuda algunas cantidades al trabajador que presenta la baja voluntaria. A pesar de haber dejado la empresa voluntariamente se pueden reclamar esas deudas, por ejemplo, por impago de salarios, para lo que es muy importante haber firmado el finiquito como “no conforme”. ¿Qué puede reclamar la empresa al trabajador?