Que dice el articulo 134 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos?

¿Qué dice el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

Artículo 134.- Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

¿Qué principio se fundamenta en el artículo 126 de la Cpeum?

Artículo 126.- No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior.

¿Cómo se le conoce al artículo 124 de nuestra Ley Fundamental?

El artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece una de las características de nuestro sistema federal. Es lo que se denomina “cláusula residual”, por la cual las entidades federativas serán competentes para todas aquellas cuestiones que la Carta Magna no haya concedido previamente.

¿Qué establece el artículo 130?

Artículo 130.- El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley. Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados.

¿Qué dice el artículo 135 constitucional?

El artículo 135 establece, en forma resumida, un procedimiento para las modificaciones o adiciones a la Constitución, en el que además de la aprobación del Congreso de la Unión se debe contar con la aprobación de la mayoría absoluta (la mitad más uno) de los congresos de los Estados de la República.

¿Qué dice el artículo 3 27 y 123 dela Constitución?

Estableció que el Estado impartiría una enseñanza libre y laica, al igual que la educación privada en los niveles primaria, elemental y superior. El estado garantizaría la gratuidad de la educación primaria. Además, ninguna corporación religiosa podría administrar escuelas de instrucción primaria.

¿Qué dice el artículo 120 de la Constitución?

Artículo 120.- Los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas están obligados a publicar y hacer cumplir las leyes federales.