¿Qué dice el artículo 445 del Código de Comercio?
Art. 445. – Es lícito revaluar los bienes que figuran en el balance si tal resolución se justifica por las condiciones reales del mercado, a excepción de las materias primas, productos y mercancías, siempre que en el propio balance figure, con toda claridad, una reserva que haga constar la reevaluación.
¿Qué es una empresa mercantil según el Código de Comercio?
Según el Código de Comercio de Guatemala empresa mercantil es el conjunto de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos coordinados, para ofrecer al público, con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios.
¿Qué es el Código de Comercio en Colombia?
El Código de Comercio es la normativa legal que siguen las empresas. Ésta se utiliza para regular sus actividades en las relaciones mercantiles y el seguimiento de sus operaciones. En otras palabras, el Código de Comercio es la legislación jurídica que regula todas las actividades comerciales que tiene una empresa.
¿Qué dice el artículo 702 del Código de Comercio?
702 del Código de Comercio, establece los requisitos que debe contener un documento para ser considerado letra de cambio, dentro de los cuales, el establecido en el romano V, no es un requisito esencial, pues su omisión se encuentra suplida por la ley, por lo tanto, a contrario sensu, todos los demás requisitos …
¿Qué es liquidacion según el Código de Comercio?
La liquidación de la sociedad mercantil es el conjunto de operaciones societarias que tienden a fijar el haber social o patrimonio de la sociedad con la finalidad de proceder a su posterior división y reparto entre los socios que la componen.
¿Qué es la transmision de una empresa mercantil?
La transmisión de empresa comprende la enajenación, por título oneroso o lucrativo, del conjunto organizado de elementos en funcionamiento que constituyen la empresa, con traslado de la totalidad de relaciones jurídicas que tiene contraídas, y asunción de cuantas obligaciones accesorias sean necesarias, a fin de hacer …
¿Quién expide el Código de Comercio?
CODIGO DE COMERCIO. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 15 del artículo 20 de la Ley 16 de 1968, y cumplido el requisito allí establecido, DECRETA: TITULO PRELIMINAR.